Día: 16 de octubre de 2025

  • Convocadas ayudas para acciones en materia de bienestar laboral

    Convocadas ayudas para acciones en materia de bienestar laboral

    El Gobierno de Aragón convoca subvenciones para la promoción de acciones que contribuyan a la mejora de las condiciones de salud y el bienestar laboral de las personas trabajadoras de la Comunidad Autónoma de Aragón.

    El objetivo de estos incentivos consiste en promover e impulsar la cultura de la prevención de riesgos laborales en el tejido empresarial, a través de acciones que pretendan mejorar la salud y el bienestar laboral de las personas trabajadoras colaborando así con un entorno laboral más sano y seguro.

    ¿Quién puede solicitar las ayudas?

    Puede presentarse aquellas empresas o entidades que tengan su actividad económica en la Comunidad Autónoma de Aragón, y realicen los gastos y actividades objeto de la subvención en centros de trabajo y para personas trabajadoras dentro del territorio de la Comunidad Autónoma de Aragón.

    Acciones subvencionables

    Se entenderá que contribuyen al bienestar laboral, entre otras, las siguientes acciones:

    Servicios de dietética y nutrición:

    La realización de programas o actividades para mejorar o adaptar la alimentación o la nutrición en los entornos de trabajo mediante la realización de acciones formativas, informativas y de asesoramiento sobre pautas de alimentación/nutrición saludable en función de los requerimientos psicofísicos de la actividad laboral individual o colectiva.

    Caben también otras acciones destinadas a favorecer hábitos de alimentación saludables: comedores con menú saludable, días de comida saludable, programas dirigidos a reducción de peso…

    Servicios de fisioterapia:

    La realización de programas o actividades para la prevención de trastornos músculo esqueléticos o la rehabilitación de patologías cardiovasculares, ambos de origen laboral, posibilitando el acceso a los servicios de fisioterapia individualizados o colectivos, disponibles en los centros de trabajo o mediante la contratación de profesionales cualificados o clínicas autorizadas, o bien mediante la habilitación de espacios cardiosaludables.

    Servicios de terapia ocupacional:

    La realización de programas o protocolos de adaptación al puesto de trabajo asociados a la reincorporación, individual o colectiva, a la actividad laboral tras un periodo de baja prolongado, para favorecer la reinserción laboral.

    Servicios de psicología del trabajo y las organizaciones:

    La realización de programas o actividades de asesoramiento, apoyo y rehabilitación psicológica que potencien la mejora de la salud mental y el bienestar emocional de las personas trabajadoras.

    Servicios de actividad física:

    La realización de programas o actividades para mejorar o mantener la aptitud física necesaria para el desarrollo profesional mediante la realización de planes deportivos, individuales o colectivos, para el mantenimiento o mejora de las capacidades psicofísicas.

    Actividades y programas dirigidos a la prevención y control de adicciones.

    Adecuación de espacios y servicios:

    Facilitar la conciliación de la vida social y familiar de los y las trabajadoras de la empresa adecuando espacios como salas de lactancia o servicio de guardería.

    Programas para favorecer el autoconocimiento y la gestión emocional de los trabajadores y trabajadoras con objeto de aumentar su resiliencia en la percepción y afrontamiento en situaciones de riesgo derivadas del trabajo.

    Cuantía

    El importe de la subvención será de hasta un 50% del gasto subvencionable
    (IVA excluido), sin que en ningún caso la cuantía de la misma supere la cantidad de 10.000 euros por beneficiaria y año.

    La subvención será de hasta un 70%, con la limitación anterior, en los siguientes supuestos:

    1. Cuando la empresa haya adoptado una de las siguientes medidas:
      • Aprobación de un plan de igualdad entre mujeres y hombres, cuando no esté obligada legalmente a tenerlo.
      • Aprobación de medidas para la conciliación de la vida personal, laboral y familiar, cuando no esté obligada a tener un Plan de Igualdad.
    2. Cuando la beneficiaria forme parte de la Red aragonesa de empresas
      saludables.

    Plazo

    El plazo de presentación de solicitudes finaliza el 5 de noviembre de 2025.

  • Ayudas a pymes para actividades en materia de igualdad

    Ayudas a pymes para actividades en materia de igualdad

    El Gobierno de Aragón ha publicado la convocatoria para la concesión de subvenciones para fomentar el desarrollo de actividades de información, divulgación y sensibilización en materia de igualdad en las pequeñas y medianas empresas para el año 2025.

    ¿Quién puede solicitar las subvenciones?

    Se podrán beneficiar las pequeñas y medianas empresas (Pyme), cuya plantilla se encuentre entre 50 y 250 personas trabajadoras, que tengan su actividad económica en la Comunidad Autónoma de Aragón y realicen los gastos o actividades objeto de la subvención en centros de trabajo y para personas trabajadoras dentro del territorio de la Comunidad Autónoma de Aragón.

    Actuaciones subvencionables

    Son objeto de subvención los proyectos que incorporen actividades de información, divulgación y sensibilización en materia de igualdad de género y/o laboral para evitar o reducir los riesgos de desigualdad en el trabajo.

    Serán excluidas las acciones formativas que lleven aparejada la expedición de un
    título-certificado legalmente exigido para el ejercicio de una actividad profesional o formen parte de otras titulaciones (oficiales, no oficiales), así como, títulos de grado, postgrado, master u otros de análoga naturaleza.

    Las actividades deberán ejecutarse en el periodo comprendido entre el 1 de enero de 2025 hasta el 31 de octubre de 2025.

    Cada empresa solo podrá presentar un único proyecto, y en todas las actuaciones subvencionables se deberá usar lenguaje no sexista y no discriminatorio, de tal manera que todos los materiales, imágenes y documentación generada evitará cualquier imagen discriminatoria o estereotipos sexistas y deberán fomentar los valores de igualdad pluralidad de roles y corresponsabilidad entre mujeres y hombres.

    ¿Qué gastos son subvencionables?

    • Gastos de personal adscritos a la ejecución y desarrollo de los proyectos, que incluirá salarios, costes de seguridad social, gastos de desplazamiento y manutención.
    • Gastos derivados de material de divulgación, tales como dípticos, cartelería, gastos de celebración de jornadas técnicas o de cualquier otro medio de difusión que se realicen en ejecución de los proyectos subvencionados.
    • Gastos de jornadas técnicas, que incluirán dípticos y cartelería relativa a la jornada.
    • Gastos generales en un porcentaje máximo del 10% del coste de ejecución del proyecto.
    • Los importes correspondientes al coste derivado de la subcontratación total o parcial de la actividad subvencionada con otra entidad, en cuyo caso, habrá de tenerse en cuenta lo establecido en el apartado vigésimo tercero de esta convocatoria.

    Cuantía

    Se podrá financiar hasta el 100% de los gastos subvencionables. En el caso
    de percibir otras ayudas públicas para la misma actividad, la suma de las mismas no podrá superar este porcentaje.

    No obstante, en ningún caso, el importe de la subvención podrá ser de tal cuantía que, aisladamente o en concurrencia con otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos, supere el coste de la actividad subvencionada.

    Las subvenciones para estos programas se concederán hasta agotar la
    consignación presupuestaria, con el límite máximo de 5.000€ por proyecto.

    Plazo

    El plazo de presentación de solicitudes finaliza el 5 de noviembre de 2025.