Día: 12 de mayo de 2025

  • Ya puedes presentar tu solicitud de adhesión a la Red Aragonesa de Empresas Saludables

    Ya puedes presentar tu solicitud de adhesión a la Red Aragonesa de Empresas Saludables

    El Gobierno de Aragón abre la convocatoria para la integración de empresas en la Red Aragonesa de Empresas Saludables (RAES).

    ¿Quién puede adherirse?

    Podrán solicitar la integración microempresas, pymes, grandes empresas, entidades públicas o cualesquiera otras empresas que cumplan los objetivos y criterios determinados, que hayan implementado un proyecto o proyectos de promoción de salud en su organización, estando dichos proyectos apoyados tanto por la dirección como por las personas trabajadoras y basados en una amplia participación de todos los integrantes de la empresa.

    Características de los proyectos

    El proyecto o proyectos presentados a esta convocatoria, deben reunir las siguientes características:

    • Estar orientados a la promoción de un estilo de vida saludable por parte de los integrantes de la empresa y a la creación de un entorno laboral favorecedor de las opciones saludables. Se valorará especialmente el carácter innovador y promotor de la participación de las personas trabajadoras en los proyectos.
    • Llevar como mínimo un año de funcionamiento, tener proyección de futuro, ser transferible a otras empresas y contemplar la perspectiva de género.
    • Desarrollarse por un equipo de trabajo interdisciplinar que impulse el o los proyectos, que contará, entre sus miembros, con una persona con funciones de coordinación.
    • Contar con una programación temporalizada de actividades y un sistema de evaluación de los resultados.

    Se valorarán especialmente los proyectos cuya temática se ajuste a las áreas de trabajo priorizadas por el Gobierno de Aragón:

    • Promoción de alimentación saludable.
    • Promoción de actividad física.
    • Prevención (universal, indicada y selectiva) de adicciones: tabaco, alcohol, ludopatías, otras drogas, nuevas tecnologías.
    • Promoción de la vacunación recomendada a personas adultas.
    • Gestión de la edad y envejecimiento saludable.
    • Proyectos de seguridad vial laboral.
    • Proyectos para favorecer la conciliación de la vida personal, familiar y laboral.
    • Proyectos para favorecer el bienestar emocional y la gestión del estrés.
    • Gestión de personas trabajadoras con enfermedades crónicas y diversidad funcional.
    • Proyectos para favorecer la igualdad y la participación en la empresa.
    • Otros: proyectos de voluntariado, colaboraciones con ONGs, estrategias de gestión empresarial con repercusión positiva a nivel social y ambiental

    Plazo

    El plazo de presentación finaliza el 10 de julio de 2025.

  • ¿Has recibido la notificación de la TGSS sobre la comunicación del cambio de CNAE?

    ¿Has recibido la notificación de la TGSS sobre la comunicación del cambio de CNAE?

    La Tesorería de la Seguridad Social está enviando a las empresas notificaciones sobre la comunicación del cambio del CNAE de la actividad al formato 2025, que deberá realizarse antes del 30 del mes de junio de este año.

    Como ya indicamos en publicaciones anteriores, la nueva clasificación de CNAE 2025 está recogida en el RD 10/2025, de 14 de enero y estará operativa a partir del 1 de enero de 2026. Texto que, asimismo recoge en su Disposición adicional única, la obligación de comunicación de la codificación de la actividad económica por parte de los sujetos responsables de la obligación del ingreso de las cuotas de la Seguridad Social. Estos, deberán presentar a la citada entidad, conforme a los procedimientos que esta establezca, la siguiente información:

    • En el caso de los sujetos responsables que ya consten en los referidos registros a la fecha de entrada en vigor de este real decreto, deberán comunicar la codificación de la variable actividad económica según la CNAE-2025 antes del 30 de junio de 2025.
    • En el caso de los sujetos responsables que se incorporen a dichos registros a partir de la entrada en vigor de este real decreto, deberán comunicar en el momento de su incorporación la codificación de la variable actividad económica según la CNAE-2025.
    • Los sujetos responsables indicados en los párrafos anteriores deberán comunicar, igualmente, la codificación de la variable actividad económica según la CNAE-2009 para el periodo de tiempo que transcurra entre la entrada en vigor de este real decreto y la entrada en vigor de la legislación de la Seguridad Social que establezca la tarifa de primas para la cotización al sistema de la Seguridad Social por accidentes de trabajo y enfermedades profesionales adaptada a la CNAE-2025.

    ¿Y los autónomos?

    También están obligadas todas las personas dadas de alta actualmente en trabajo autónomo y que, por tanto, ya han comunicado su actividad o actividades habituales con su correspondiente CNAE09.

    En función de la actividad o actividades desempeñadas, pueden darse dos situaciones:

    • Personas de alta en trabajo autónomo que realizan una o varias actividades, cuyos códigos CNAE09 tienen equivalencia unívoca con los códigos de la CNAE-2025. Este cambio se realizará automáticamente por la Tesorería General de la Seguridad Social. Podrás comprobar en tu Área Personal el nuevo código.
    • Personas de alta en trabajo autónomo que realizan una o varias actividades cuyos códigos CNAE09 tienen distintas opciones de código en el listado CNAE-2025. Es este caso, tienes que comunicar el nuevo código que corresponde a tu actividad o actividades.

    Se debe tener en cuenta que, cuando se realizan varias actividades se debe comunicar el código CNAE25 para aquellas que no tengan una correspondencia única con el antiguo código CNAE09. 

     

    Servicio de tramitación

    La Tesorería de la Seguridad Social pone a disposición de los usuarios el servicio de tramitación online “Comunicar código actividad CNAE” , ubicado en su portal Importass (o en la App con su mismo nombre)