Día: 6 de mayo de 2025

  • Circular 18/2025

    Circular 18/2025

    CIRCULAR 18/2025
    06/05/2025
         

    Último día para presentar tu candidatura a los reconocimientos “Buenas prácticas en materia de igualdad”


     Información de interés

    IIª Semana de la pyme: “Diez claves para un relevo generacional exitoso”

    El 21 de mayo a las 12:00h. en el salón de actos de FEMZ.

    ¿Todavía no te has inscrito a la IIª Tertulia logística de FEMZ?

    Hazlo antes del 8 de mayo.

    Últimos días para inscribirse a la I Feria de Empleo MetalíZate

    El 14 de mayo, desde las 09:30h. en las instalaciones de Lacor Formación.

    Un año más, FEMZ crea su hucha contra el cáncer de AECC

    Las donaciones realizadas se destinarán a la investigación oncológica y a la ayuda de pacientes de cáncer y sus familiares.

    ¡Dona sangre, dona esperanza!

    Te esperamos el 7 de mayo en nuestras instalaciones

    Ya es posible inscribirse al curso de Delegado de Prevención

    Inscríbete en nuestra web.

    Acompáñanos a conocer Grupo Tenías


     Información legal

    Ayudas para impulsar la innovación a través del desarrollo del diseño industrial y su gestión

    El plazo de presentación de las solicitudes de las ayudas finalizará el 2 de junio de 2025.

    Esto es lo que recaudó Hacienda en 2024

    La AEAT publica el Informe Anual de Recaudación Tributaria 2024.

    Gran apagón: el Gobierno de Aragón amplía el plazo de todos los procesos administrativos

    La AEAT también los prorroga a raíz de las incidencias técnicas surgidas por el ciberincidente.

    Adiós al despido automático por incapacidad permanente

    La decisión empresarial queda supeditada a la voluntad de la persona trabajadora.

    Disponible la RAIC del mes de abril

    Descárgala aquí


     Socios

    ArcelorMittal Tailored Blanks celebra su ya tradicional jornada con motivo del Día Mundial de la Seguridad y la Salud en el Trabajo

    Cumplen 14 años sin registrar un accidente laboral con baja.


     Espacio clúster

    MetalHUB: colaborador del I Congreso Lean Design de Zaragoza

    El evento tendrá lugar el 15 de mayo en el World Trade Center.

    Clenar celebra su segunda jornada de descarbonización.

    El acto contó con la colaboración de Kalfrisa y la participación de Fersa Bearings, ambos socios de FEMZ.

    FORMACIÓN TPM SEGUN CEM (CONVENIO ESTATAL DEL METAL)
    C9 – Actividades de premontaje, montaje, cambio de formato y ensamblaje en fábricas
     20h   8h 
    C17 – Trabajos de mantenimiento, reparación e instalación de ascensores
     20h   8h 
    C27 – Conductores de carretillas elevadoras
     20h   8h 
    On Line Formación PRL de directivos
     6h    4h 
    On Line Formación PRL de trabajadores que desempeñan sus tareas en oficinas
     6h    4h 
    Más Información.

    CATÁLOGO DE SERVICIOS



    AYUDA EN LA NEGOCIACIÓN COLECTIVA



    ASESORÍA EN RELACIONES LABORALES



    SERVICIOS DE INFORMACIÓN Y COMUNICACIÓN



    ASESORÍA EN MEDIOAMBIENTE



    SERVICIOS DE FORMACIÓN



    GESTIÓN DE BONIFICACIONES DE FORMACIÓN



    ASESORÍA EN PROCESOS INDUSTRIALES



    ASESORÍA EN PRL Y EMERGENCIAS



    ASESORÍA DE IGUALDAD



    ASESORÍA JURÍDICO MERCANTIL



    ASESORÍA EN TRANSFORMACIÓN DIGITAL



    SERVICIO DE GESTIÓN LABORAL



    AULA VIRTUAL GRATUITA



    BOLSA DE
    EMPLEO



    ORIENTACIÓN ACADÉMICO PROFESIONAL

    Más info:
    socios@femz.es

    AHORROS Y VENTAJAS

       
    DESEO DEJAR DE RECIBIR LAS CIRCULARES EN ESTE EMAIL

    C/ Santander nº 36, 2ª Planta · 50010 (Zaragoza) · 976 768 768 · socios@femz.es
    A los efectos de lo previsto en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de protección de datos personales y garantía de los derechos digitales y su normativa de desarrollo, por la que se regula el derecho de información en la recogida de datos, le informamos que sus datos personales quedarán incorporados y serán tratados en un fichero titularidad del firmante del presente correo, con la finalidad de poder realizar las comunicaciones que sean necesarias para el cumplimiento de las relaciones entabladas entre ambas partes, durante el plazo de vigencia de las mismas y el impuesto por la legislación, no cediéndose dicha información a ningún tipo de organismo, ni público ni privado. Podrá ejercitar sus derechos de acceso, rectificación, supresión, portabilidad de sus datos y la limitación u oposición previstos en la Ley, en Calle Santander, 36 – 2ª planta (50010 – Zaragoza) o a través del siguiente enlace: PROTECCIÓN DE DATOS
  • Un año más, FEMZ crea su hucha contra el cáncer de AECC

    Un año más, FEMZ crea su hucha contra el cáncer de AECC

    Coincidiendo con la cuestación anual de la AECC,  FEMZ se suma a la campaña #MiHuchaContraelCáncer de la Asociación Española Contra el Cáncer (AECC) creando una hucha contra el cáncer. Las donaciones realizadas en las mencionadas huchas digitales irán destinadas a la investigación oncológica y a la ayuda de pacientes de cáncer y sus familiares.

    Tenemos un reto: aumentar la supervivencia en cáncer a un 70%, actualmente, del 55,3%  en hombres y del 61,7% en mujeres, y solo es posible conseguirlo si actuamos #TodosContraelCáncer

    Para hacer tu aportación solo es necesario pinchar en el link que se adjunta a continuación y podrás realizar la donación de la cantidad que desees aportar.

    Colabora

     

    ¿Por qué donar?

     

    • Porque el cáncer es el problema sociosanitario más importante de nuestro país.
    • Porque gracias a la investigación, la supervivencia en cáncer ha aumentado un 20% en los últimos 20 años. Hoy en día está en un esperanzador 60%
    • Porque la Asociación Española Contra el Cáncer es la entidad que más fondos destina a investigar el cáncer, y cada año destina más.
    • Porque el objetivo es alcanzar el reto de un 70% de supervivencia en el año 2030.
  • II Semana de la pyme: “Diez claves para un relevo generacional exitoso”

    II Semana de la pyme: “Diez claves para un relevo generacional exitoso”

    El relevo generacional es uno de los grandes desafíos que afrontan las empresas familiares y anticiparse es clave para evitar caer en las estadísticas: solo una de cada diez empresas familiares sobrevive a la tercera generación. 

    Desde FEMZ se ha estado trabajando para revertir esas cifras, poniendo a disposición de sus socios -así como de cualquier otra empresa interesada- el curso “Empresa familiar: cómo afronto el relevo”, una interesante formación con la que adquirir una visión global de este proceso, así como herramientas con las que poder hacerle frente.

    Buscando sintetizar toda esa información, Jorge I. Esteban, docente del curso, asesor de consejos de administración de Loreste y director general de AEFA, nos ofrece una masterclass con la que poner encima de la mesa diez claves con las que completar el relevo generacional de manera exitosa.

    Esta cita, que se enmarca en la IIª Semana de la PYME, tendrá lugar el próximo miércoles, 21 de mayo, en las instalaciones de FEMZ. 

    Miércoles, 21 de mayo

    De 12:00h. A 13:30h.

    FEMZ, C. de Santander, 36, 2ª planta, 50010, Zaragoza.

    Programa

    12:00h. | Apertura institucional.

    12:10h. | Ponencia: ‘10 claves para un relevo generacional exitoso’

    • Jorge I. Esteban, asesor de consejos de administración de Loreste y director general de AEFA.

    12:55h. | Clausura institucional

    13.00h. | Vino español con networking

  • Ayudas para impulsar la innovación a través del desarrollo del diseño industrial y su gestión

    Ayudas para impulsar la innovación a través del desarrollo del diseño industrial y su gestión

    Se convocan para el ejercicio 2025, las ayudas para favorecer la innovación mediante el desarrollo del diseño industrial y su gestión, en el marco del Programa de Ayudas a la Industria y la Pyme en Aragón (PAIP).

    Beneficiarios

    Podrán ser beneficiarios de las ayudas las pequeñas y medianas empresas y autónomos y, excepcionalmente, grandes empresas, que desarrollen o vayan a desarrollar su actividad en la Comunidad Autónoma de Aragón.

    Las empresas beneficiarias deberán estar válidamente constituidas como máximo antes de la finalización del mes natural inmediatamente posterior al cierre del plazo de presentación de solicitudes correspondiente, así como estar vinculadas a la actividad industrial. También aquellas que realicen otras actividades conexas o complementarias que puedan contribuir al desarrollo industrial de la Comunidad Autónoma, y otras actividades económicas cuando éstas resulten innovadoras o con potenciales diferenciados de valor añadido, económico o social.

    El beneficiario deberá contar con la necesaria solvencia técnica y económica para el desarrollo del proyecto empresarial presentado. 

    Actuaciones subvencionables

    Se considerará actuación subvencionable los trabajos específicos de consultoría externa en materia de gestión de diseño, contratada para potenciar o abordar nuevos procesos estratégicos, como método dirigido al desarrollo del diseño industrial para la innovación. Esta consultoría debe ser realizada por parte de colaboradores externos homologados con las siguientes excepciones para la presente convocatoria:

    • Las labores de la fase I, análisis de empresa del ámbito producto, podrán realizarse por consultores no homologados con una acreditada carrera profesional.
    • Las labores de la fase II, proceso de diseño del ámbito Servicio, podrán realizarse por equipos de al menos dos participantes en la cuarta edición (2024) del Programa de Especialización en Diseño de Servicios que cuenten con el certificado de aprovechamiento del programa.

    El catálogo de los colaboradores externos homologados estará a disposición de las empresas en el Centro Aragonés de Diseño Industrial (CADI), y en la página web del Departamento de Presidencia, Economía y Justicia.

    Ámbitos de actuación

    Los trabajos a desarrollar dentro del sistema de ayudas podrán situarse en los siguientes ámbitos:

    • “Producto”, cuyo objetivo es incorporar la metodología que facilite la gestión del diseño de productos en las empresas.
    • “Servicios”, cuyo objetivo es incorporar una metodología que facilite la gestión del diseño del servicio de las empresas.
    • “Identidad”, cuyo objetivo es incorporar una metodología que facilite la mejora de la gestión de la identidad corporativa y de marca de las empresas y del diseño como parte significativa de ellas

    Cuantía

    La ayuda se concreta en forma de subvención sobre los honorarios de colaboradores externos homologados de servicios de consultoría y de servicios de diseño, ayuda que es destinada por tanto a facilitar el acceso a la contratación de estos servicios.

    Cuantías y porcentajes máximos de ayuda para la fase I

    ÁmbitoProductoServicioIdentidad
    Base subvencionable10.000 euros10.000 euros10.000 euros
    Intensidad de ayuda80%80%80%
    Subvención máxima8.000 euros8.000 euros8.000 euros
    Tareas que incluyeAnálisis de la empresaAnálisis de la empresaTest de concepto

    Cuantías y porcentajes máximos de ayuda para la fase II

    ÁmbitoProductoServicioIdentidad
    Base subvencionable15.000 euros12.000 euros10.000 euros
    Intensidad de ayuda70% (80%)*70% (80%)*70% (80%)*
    Subvención máxima10.500 euros
    (12.000
    euros)*
    8.400 euros
    (9.600 euros)*
    7.000euros
    (8.000€)*
    Tareas que incluyeDesarrollo de un proceso de diseñoDesarrollo de un proceso de diseñoDesarrollo de un proceso de diseño de marca y packaging
    Definición de un nombre (naming)

    *Para los proyectos en el ámbito de la transformación digital de las empresas, o en el de los avances hacia la economía circular, la intensidad de la ayuda se verá incrementada al 80%.

    Plazo

    El plazo de presentación de las solicitudes de las ayudas finalizará el 2 de junio de 2025.

  • Adiós al despido automático por incapacidad permanente

    Adiós al despido automático por incapacidad permanente

    El BOE publica la reforma del Estatuto de los Trabajadores y la Ley General de la Seguridad Social en materia de extinción del contrato de trabajo por incapacidad permanente de las personas trabajadoras.

    En la exposición de motivos se indica que, a pesar del transcurso del tiempo y de las diversas modificaciones legales tras su entrada en vigor (entre ellas, la reciente reforma del artículo 49 de la Constitución Española), continuaba vigente la redacción original del texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, que considera causa de extinción del contrato de trabajo la declaración de incapacidad permanente en su grado de gran invalidez, absoluta o total, sin que sea preciso valorar previamente si es posible o no acometer los ajustes razonables que en cada caso correspondan.

    Con la presente reforma el legislador pretende garantizar, de una manera más eficaz, el derecho a la igualdad en el empleo de las personas con discapacidad, acometiendo la reforma del artículo 49.1 del texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, para desvincular el régimen jurídico de la muerte de la persona trabajadora, como causa de extinción del contrato de trabajo, del aplicable a los supuestos de incapacidad permanente.

    Se deroga el despido automático en caso de incapacidad permanente

    En paralelo, se elimina la automaticidad de la extinción del contrato de las personas que acceden a la situación de incapacidad permanente total, absoluta o gran invalidez, quedando la decisión empresarial supeditada a la voluntad de la persona trabajadora, así como a la posibilidad de adaptar su puesto o a la existencia de otro vacante y disponible, acorde con su perfil profesional y compatible con su nueva situación.

    La empresa únicamente podrá activar esta causa de extinción del contrato de trabajo cuando la adopción de las anteriores medidas suponga una “carga excesiva”.

    ¿Cómo afecta a las prestaciones de incapacidad?

    La citada modificación también incide en las prestaciones de incapacidad temporal e incapacidad permanente, así como en la transición de una a otra. En ese sentido, se modifica el artículo 174 del texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social, aprobado por el Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre, para acompasar su contenido al cambio normativo que se introduce en el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores.

    El Gobierno de España deberá presentar una propuesta de modificación normativa en materia de Seguridad Social sobre incapacidad permanente y su compatibilidad con el trabajo, en el plazo de seis meses, siguiendo el espíritu y las recomendaciones del Pacto de Toledo, y que será presentada como Proyecto de Ley.

    Modificación de la denominación de gran invalidez e invalidez no contributiva

    En la línea marcada por la reciente reforma del artículo 49 de la Constitución Española, se procede a modificar en la normativa sobre la materia laboral y de seguridad social la denominación de las situaciones de “gran invalidez” e “invalidez no contributiva”.

    En consecuencia, el artículo primero de la norma 

    • Se modifica el artículo 48.2, para incluir el periodo de espera, que media entre la declaración de incapacidad permanente y la adaptación o el cambio de puesto de trabajo, como supuesto de suspensión de la relación laboral, con derecho a reserva de puesto de trabajo.
    • Se modifica el artículo 49.1.e) para trasladar la referencia a la extinción del contrato de trabajo por «gran invalidez o incapacidad permanente total o absoluta del trabajador» a una nueva letra n). Por tanto, la letra e) de dicho precepto hará referencia únicamente a la «muerte de la persona trabajadora» como causa de extinción.
    • Se incorpora una nueva letra n) al citado artículo 49.1, que condiciona la posibilidad de extinción del contrato por «declaración de gran incapacidad, incapacidad permanente absoluta o total de la persona trabajadora» a la voluntad de la persona trabajadora y a la posibilidad de acometer los ajustes razonables. Adicionalmente, esta nueva letra n) explicita el modo en que se puede determinar, a efectos de la salvedad prevista, si la realización de los ajustes razonables constituye una carga excesiva para la empresa.

    Por su parte, el artículo segundo modifica el apartado 5 del artículo 174 del texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social, con la finalidad de adaptar la dinámica de la prolongación de efectos económicos de la incapacidad temporal y la efectividad de las pensiones de incapacidad permanente total y absoluta o de gran incapacidad a las nuevas situaciones derivadas de la referida modificación del artículo 49 del texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores.

    Por otro lado, la disposición adicional única se refiere a la adaptación terminológica en el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, en el texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social y en la Ley reguladora de la protección social de las personas trabajadoras del sector marítimo-pesquero, para adaptar la denominación de la «gran invalidez» y de la «invalidez no contributiva» a la reciente reforma del artículo 49 de la Constitución Española.

    La disposición final primera introduce un nuevo apartado 2 en el artículo 120 de la Ley 36/2011, de 10 de octubre, reguladora de la jurisdicción social, por el que:

    “1. Los procesos derivados de la extinción del contrato de trabajo por causas objetivas, se ajustarán a las normas contenidas en el Capítulo relativo a los procesos por despidos y sanciones sin perjuicio de las especialidades que se enuncian en los artículos siguientes.

    2.?En los supuestos de extinción de contrato de trabajo previsto en el artículo 49.1.n) del Estatuto de los Trabajadores el procedimiento será urgente y se le dará tramitación preferente.”

    Como se ha indicado, en virtud de la disposición final tercera, el Gobierno deberá presentar una propuesta de modificación normativa sobre compatibilidad entre trabajo e incapacidad permanente en el plazo de seis meses, siguiendo el espíritu y las recomendaciones del Pacto de Toledo, que será presentada como Proyecto de Ley.

  • Esto es lo que recaudó Hacienda en 2024

    Esto es lo que recaudó Hacienda en 2024

    La Agencia Tributaria publica el Informe Anual de Recaudación Tributaria 2024, cuyo objetivo es ofrecer información sobre el nivel y evolución anual de los ingresos tributarios que gestiona AEAT por cuenta del Estado, las CC.AA. y las CC.LL. del Territorio del Régimen Fiscal Común (IVA, IRPF, Impuesto de Sociedades, Impuestos Especiales y otros).

    El comportamiento de las series recaudatorias no siempre es fácil de entender, debido a que sus fuertes variaciones contrastan con la evolución más parsimoniosa que muestran variables de síntesis como pueden ser el PIB o el consumo. No obstante, hay razones que justifican la existencia de estas discrepancias: las modificaciones normativas, los cambios en la gestión de los impuestos o el impacto diferencial que tiene la evolución económica sobre las distintas bases imponibles son algunas de ellas.

    En ese sentido, para comprender el comportamiento de la recaudación y su relación con los flujos económicos, el Informe Anual de Recaudación Tributaria utiliza un método de análisis que no solo considera los ingresos tributarios en términos de caja, sino que también los relaciona con los impuestos devengados. Estos últimos se obtienen por la agregación de las declaraciones y se vinculan con los tipos efectivos y las bases que declaran los contribuyentes. Así pues, el esquema de explicación en cada figura tributaria se organiza en tres niveles:ubl

    • Análisis de la evolución de la base imponible y del tipo medio efectivo, nivel en el que la fuente básica de información son las estadísticas anuales disponibles en la web de la AEAT . 
    • Análisis de la evolución de los impuestos devengados, elaborados a partir de las declaraciones-autoliquidaciones periódicas presentadas por los contribuyentes en cumplimiento de sus obligaciones fiscales. 
    • Análisis de la recaudación en términos de caja, detallando los elementos que hayan podido influir en un comportamiento distinto de los ingresos con respecto a las obligaciones generadas. 

    El esquema utilizado cubre todo el proceso de pago de los impuestos: desde que se produce el hecho imponible que genera la obligación para el contribuyente hasta que finalmente se liquida e ingresa el impuesto. Es preciso señalar que, en general, la información sobre bases imponibles e impuestos devengados de los dos últimos años tiene carácter provisional. 

    Este método de análisis es posible gracias al sistema informativo del que dispone la Agencia Tributaria, que permite elaborar para cada impuesto series agregadas anuales y trimestrales de bases imponibles, impuestos devengados, tipos efectivos y recaudación de caja, todas construidas a partir de los microdatos proporcionados por los contribuyentes. 

    Por otra parte, esta misma estructura conceptual es la que sirve de apoyo a la previsión presupuestaria de los ingresos tributarios. Su estimación se elabora tomando como referencia el escenario económico previsto para el año siguiente. Los crecimientos de las bases imponibles se ajustan de manera que se adapten a los perfiles de evolución que proyecta el escenario. A partir de las bases imponibles y de hipótesis sobre el comportamiento de los tipos efectivos, se obtienen los impuestos devengados que, llevados al período del ingreso, dan lugar a la recaudación de caja esperada. 

    El informe incluye un texto breve con los principales hechos que caracterizaron la evolución de los ingresos en 2024 y con enlaces a un fichero externo que contiene las series de datos desde 1995. Junto a este fichero de cuadros se ponen a disposición de los usuarios dos más, uno con la información relativa a los ingresos por Delegaciones desde 2007 y otro con las series de derechos reconocidos desde 2004. Además, algunos de los cuadros se completan con ficheros que incluyen información más detallada que se pueden encontrar en la web y, como es habitual en los informes mensuales, otro fichero recoge las principales novedades normativas y las series de tipos legales de los distintos impuestos.