Día: 30 de diciembre de 2024

  • Nuevas obligaciones para las empresas en materia de envases y residuos

    Nuevas obligaciones para las empresas en materia de envases y residuos

    La Ley de Residuos 07/2022 y el Real Decreto 1055/2022, de 27 de diciembre, de Envases y Residuos de Envases, obligan a las empresas españolas de envases industriales y comerciales a asumir nuevas responsabilidades. Una de las más importantes es cumplir con la Responsabilidad Ampliada del productor (RAP), que les obliga a financiar y organizar la recogida de sus residuos. Los negocios tienen la opción de hacerlo de manera individual o colectiva formando parte de un SCRAP (Sistema Colectivo de Responsabilidad Ampliada de Productor).

    Si eres una empresa que utiliza envases y embalajes, industriales y comerciales, para transportar y vender tus productos en el mercado español, estás incluida en estas normativas.

    De acuerdo con lo previsto en la normativa de envases y residuos de envases, las envasadoras e importadoras tienen la obligación de organizar y financiar la gestión de los residuos restantes.

    La norma distingue entre envases domésticos, comerciales e industriales. La RAP en España lleva 25 años aplicándose a los envases domésticos, pero las nuevas obligaciones de marcado para los envases comerciales e industriales previstas en el artículo 13 del RD 1055/2022 entrarán en vigor el 1 de enero de 2025, de ahí este breve recordatorio.

    A partir de la mencionada fecha también entrará en vigor la obligación de etiquetar los envases con información clara y exhaustiva sobre su reciclabilidad, los materiales utilizados y las recomendaciones para su separación adecuada. Esta novedad supondrá un esfuerzo para las empresas en el rediseño de sus envases, y también favorece a los consumidores, quienes tendrán mayor información para gestionar correctamente los residuos.

    Objetivos y obligaciones

    Objetivos

    El Real Decreto 1055/2022 establece una normativa de envases y residuos de tales envases, que se fundamenta en los siguientes objetivos:

    • Reducir el peso y la cantidad de envases que se ponen en el mercado.
    • Reutilizar los distintos tipos de envases.
    • Marcar y etiquetar los envases con textos previstos en la normativa referentes a prohibiciones, información obligatoria y la que voluntariamente se quiera incluir (artículo 13 del RD).
    • Fomentar la Incorporación de material reciclado en la fabricación de envases.
    • Promover el ecodiseño, mediante envases más sostenibles reduciendo el impacto medioambiental. (Existen Planes Empresariales de Prevención y Ecodiseño (PEPE) colectivos).

    Obligaciones

    Como consecuencia de dichos objetivos, las empresas tienen, entre otras, las siguientes obligaciones (algunas de ellas ya con plazo de cumplimiento vencido a esta fecha):

    • Cumplir con los requisitos de fabricación, marcado e información de envases.
    • Comprobar que los SCRAPs a los que en su caso estuvieran adheridos cumplen con la normativa sobre residuos de envases.
    • Facilitar, a petición de los encargados del tratamiento del residuo, la información de las características y composición de los envases.
    • Inscribirse en el Registro de productores de producto (RPP).
    • Presentar la declaración anual de envases y residuos de envases puestos en el mercado, todos los años antes del 31 de marzo.

    Adhesión a un SCRAP o SIRAP

    Si se adhieren a un SCRAP o SIRAP, la empresa puede delegar alguna de las obligaciones que le afectan:

    • Organizar y financiar la gestión de los residuos de envases puestos en el mercado.
    • Establecer un SDR (Sistema Documental de Residuos) para envases reutilizables, puestos en el mercado por los envasadores de los SCRAPs, y envases de un solo uso.
    • Cumplir con un mínimo de objetivos de reciclado y de recogida separada, de acuerdo con lo previsto en el Reglamento.
    • Realizar y aplicar planes de prevención y ecodiseño cada 5 años, con la finalidad de reducir la cantidad de envases de un solo uso, aumentar el uso de materiales reciclados y la reciclabilidad de los envases mejorando las propiedades y características de los mismos.
    • Cumplir la RAP (Responsabilidad Ampliada del Productor), en relación con los envases del mercado, financiando y organizando la recogida de los residuos.

    Normativa e información referenciada

     Ley 7/2022, de 8 de abril, de residuos y suelos contaminados para una economía circular.

     Real Decreto 1055/2022, de 27 de diciembre, de envases y residuos de envases 

    Orden TED/1032/2024, de 20 de septiembre, por la que se desarrolla la plataforma electrónica de gestión y la oficina de asignación de recogidas de residuos de aparatos eléctricos y electrónicos.

    Información oficial sobre SCRAPs, por flujo de residuos:

  • Aprobado el nuevo Plan Estadístico Nacional 2024 -2028

    Aprobado el nuevo Plan Estadístico Nacional 2024 -2028

    La Ley 12/1989, de 9 de mayo, de la Función Estadística Pública, establece en su artículo 8 que el Plan Estadístico Nacional es el principal instrumento ordenador de la actividad estadística de la Administración General del Estado y tendrá una vigencia de cuatro años. Por su parte, en el artículo 45.2 de dicha ley se prescribe que las estadísticas cuya realización resulte obligatoria por exigencia de la normativa europea quedarán incluidas automáticamente en el Plan Estadístico Nacional.

    Plan Estadístico Nacional 2024 -2028

    Próxima a finalizar la vigencia del Plan Estadístico Nacional 2021-2024, procede aprobar el nuevo plan, que se inserta en los anexos de decreto publicado, y cuya ejecución temporal se realizará mediante la elaboración de los correspondientes programas anuales.

    El Plan Estadístico Nacional 2025-2028 comprende las estadísticas para fines estatales que han de efectuarse en el cuatrienio por los servicios estadísticos de la Administración General del Estado o cualesquiera otras entidades dependientes de ella.

    Este Plan recoge nuevas líneas estratégicas para dar impulso a la innovación en el sistema estadístico que permitan mantener y aumentar su calidad, así como promover la coordinación y armonización en el sistema. Esta innovación queda reflejada en todos los ámbitos que la definen: productos, procesos e institucional.

    Además de aspectos ya incluidos en el Plan 2021-2024, como es la utilización de registros administrativos y nuevas fuentes de información para reducir la carga de respuesta a las unidades informantes, se destaca el impulso a las estadísticas sobre globalización y la implantación de la nueva clasificación de actividades CNAE 2025, así como el desarrollo del proyecto de Padrón online que permitirá conocer, en tiempo real, la situación poblacional de los municipios.

    Las estadísticas del Plan se presentan clasificadas en sectores atendiendo a la materia tratada. Además, en el Plan Estadístico Nacional 2025-2028 se determinan las líneas estratégicas que van a regir la producción estadística para fines estatales en dicho cuatrienio.

    En lo que a los informantes se refiere (en nuestro caso, empresas y particulares requeridos por el INE para facilitar información) se recuerda los datos se exigirán con carácter obligatorio, sin perjuicio de los calificados como de aportación estrictamente voluntaria y, en consecuencia, solo podrán recogerse previo consentimiento expreso de las personas interesadas (origen étnico, opiniones políticas, las convicciones religiosas o ideológicas y, en general, cuantas circunstancias puedan afectar a la intimidad personal o familiar, incluidos los relativos a la identidad u orientación sexual, o las características sexuales de las personas), según establece el artículo 11.2 de la citada Ley 12/1989, de 9 de mayo.