Día: 1 de diciembre de 2023

  • ARRANCA EL PRIMER MOTOR DE METALÍZATE: VISITAMOS LA SALLE SANTO ANGEL

    ARRANCA EL PRIMER MOTOR DE METALÍZATE: VISITAMOS LA SALLE SANTO ANGEL

    El pasado jueves día 30 de noviembre arrancó el primer motor de MetalíZate, ‘Visitas de empresas a centros educativos’, con el encuentro de algunos de nuestras empresas con los profesores y alumnos del centro de F.P. La Salle Santo Ángel.

    En esta jornada tan interesante, Ebroaire, Jordan Aragón y Telergon pudieron explicar el funcionamiento de su empresa, así como intercambiar visiones y vivencias dentro del sector con los profesores y alumnos de los siguientes grados formativos:

    Formación Profesional básica:

    • Electricidad y Electrónica.
    • Fabricación de elementos metálicos.

    Formación de grado medio:

    • Instalaciones Eléctricas y Automáticos.
    • Mecanizado.

    Formación de grado superior

    • Automatización y robótica industrial.
    • Programación de la producción en fabricación mecánica.

     

    Asimismo, desde el centro se presentaron los proyectos técnicos en los que están trabajando actualidad y se enseñaron sus instalaciones y talleres.

    Tras el éxito de una jornada tan enriquecedora para todos, y que pone de manifiesto el compromiso de la FEMZ por acercar la realidad empresarial a los centros educativos, se procederá a visitar el IES Miralbueno (a falta de concretar la fecha).

  • ¿CUÁL ES EL TRATAMIENTO CONTABLE DEL IMPUESTO ESPECIAL SOBRE ENVASES DE PLÁSTICO NO REUTILIZABLES?

    ¿CUÁL ES EL TRATAMIENTO CONTABLE DEL IMPUESTO ESPECIAL SOBRE ENVASES DE PLÁSTICO NO REUTILIZABLES?

    Compartimos una Consulta del Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas, publicada en el BOICAC Nº 133/2023 Consulta 1, referente al Impuesto especial sobre los envases de plástico no reutilizables regulado en la Ley 7/2022, de 8 de abril, de residuos y suelos contaminados para una economía circular.

    La consulta se centra en el aspecto contable del citado impuesto:

    Se indica que el Impuesto sobre Envases de plástico no reutilizables es un tributo de naturaleza indirecta que recae sobre la utilización en territorio español de envases no reutilizables que contengan plástico, tanto si se presentan vacíos como si se presentan conteniendo, protegiendo, manipulando, distribuyendo y presentando mercancía.

    Está sujeta al impuesto la fabricación, importación, adquisición intracomunitaria o tenencia irregular de productos que forman parte del ámbito objetivo.

    El artículo 92 determina que el contribuyente de este impuesto son las personas físicas o jurídicas y las entidades que fabriquen, importen o adquieran intracomunitariamente determinados envases no reutilizables en la medida en que, de acuerdo con la norma tributaria (aspecto sobre el que este Instituto no se manifiesta), la empresa adquirente del plástico no tenga derecho a la deducción del impuesto, se contabilizará en el momento de su devengo y formará parte del precio de adquisición del bien o servicio que lo genera.

    Por otra parte, el impuesto no formará parte de los ingresos de la empresa que lo repercute.

    Consulta completa

  • YA PUEDES PRESENTAR ALEGACIONES AL REGLAMENTO CONTRA LA MOROSIDAD EN OPERACIONES COMERCIALES

    YA PUEDES PRESENTAR ALEGACIONES AL REGLAMENTO CONTRA LA MOROSIDAD EN OPERACIONES COMERCIALES

    El Ministerio de Industria acaba de abrir la consulta pública el Reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo por el que se establecen medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales.

    El objetivo de esta propuesta de reglamento es garantizar el correcto funcionamiento del mercado interior y la competitividad de las empresas de la UE mediante el establecimiento de normas que concedan a las empresas condiciones adecuadas para recibir un pago justo y puntual por sus bienes o servicios.

    Entre las medidas propuesta se incluye el límite general del plazo de pago de 30 días para todas las operaciones comerciales, el pago automático de intereses y de una cuota fija de compensación, la obligación de designación en los Estados miembros de una autoridad de ejecución que deberá tomar las medidas necesarias para garantizar el cumplimiento de los plazos de pago, o el uso voluntario de mecanismos alternativos de resolución de controversias entre deudores y acreedores, eficaces e independientes.

     

    Plazo de remisión

     

    Plazo para presentar alegaciones desde el jueves 23 de noviembre de 2023 hasta el viernes 15 de diciembre de 2023

     

    Presentación de alegaciones

     

    Las alegaciones podrán remitirse a la dirección de correo: normativapyme@mincotur.es indicando en el asunto: “Nombre de la empresa/entidad”

    Sólo serán consideradas las respuestas en las que el remitente esté identificado, haciendo constar en ellas:

    • Nombre y apellidos/denominación o razón social del participante
    • Organización o asociación (si corresponde)
    • Contacto (correo electrónico).

    Con carácter general, las contribuciones recibidas se considerarán susceptibles de difusión pública. Las partes de la información remitida que, a juicio del interesado deban ser tratadas con carácter confidencial y en consecuencia no proceda su libre difusión, deberán ser específicamente señaladas en el propio texto de la contribución, no considerándose a estos efectos los mensajes genéricos de confidencialidad de la información.

    Texto de la propuesta

  • CALENDARIO LABORAL 2024: DESCARGABLE

    CALENDARIO LABORAL 2024: DESCARGABLE

    La Federación de Empresarios del Metal de Zaragoza pone a disposición de los asociados, el Calendario Laboral correspondiente al año 2024, en formato PDF.

    Se recuerda la obligación legal para la empresa – con base en el artículo 34.6 del Estatuto de los Trabajadores – de exhibir el mismo en lugar visible del centro de trabajo.

    Elaboración y trámites:

    • Anualmente la empresa, tras consulta y previo informe de los representantes de los trabajadores, elaborará un calendario laboral que comprenderá el horario de trabajo y la distribución anual de los días de trabajo, festivos, descansos semanales o entre jornadas, y otros días inhábiles, teniendo en cuenta la jornada máxima legal o, en su caso, la pactada.
    • El calendario estará de acuerdo con la regulación que anualmente efectúa el Ministerio de Empleo y Seguridad Social de los días inhábiles a efectos laborales, retribuidos y no recuperables y los establecidos por cada Comunidad Autónoma y por los Ayuntamientos correspondientes, siendo catorce días la totalidad de estos.
    • El calendario deberá exponerse en sitio visible en cada centro de trabajo.

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    Fiestas locales

     

    Descárgate las fiestas locales, de carácter retribuido, no recuperables e inhábiles, para el año 2024, en los municipios de la provincia de Zaragoza.

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