Día: 3 de febrero de 2023

  • NUEVA MODIFICACIÓN DE LA NORMATIVA SOBRE LAS GARANTÍAS FINANCIERAS EN MATERIA DE RESIDUOS

    NUEVA MODIFICACIÓN DE LA NORMATIVA SOBRE LAS GARANTÍAS FINANCIERAS EN MATERIA DE RESIDUOS

    El RD 2008/2022 sobre las garantías financieras en materia de residuos establece el marco general que deben tener en cuenta los diferentes operadores que intervienen en las distintas fases del tratamiento de los residuos, así como las administraciones competentes, para la aplicación de las garantías financieras exigidas por la normativa que regula la gestión de residuos.

    La modificación del mismo, tras su publicación y entrada en vigor, viene derivada de la necesidad de modificar aspectos puntuales de su redacción para clarificar su aplicación. En primer lugar, han surgido dudas sobre el alcance del artículo 3.3. Este artículo regula las garantías que deben constituir determinadas entidades o empresas que intervienen en la producción y/o gestión de residuos, para atender la responsabilidad que se les pueda exigir por daños medioambientales. Para la formalización de las mencionadas garantías el artículo se remite a la Ley 26/2007, de 23 de octubre, de Responsabilidad Medioambiental, y al Real Decreto 2090/2008, de 22 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo parcial de la Ley 26/2007, de 23 de octubre, de Responsabilidad Medioambiental. En aras de una mayor seguridad jurídica se incluye una referencia a las posibles exenciones que contempla la Ley 26/2007, de 23 de octubre.

    Adicionalmente el MITECO constató la necesidad de modificar el criterio establecido para calcular el importe de la fianza correspondiente a las instalaciones de tratamiento y almacenamiento de residuos, con objeto de reducir su importe, que era muy superior al que han venido estableciendo las autoridades competentes. E, igualmente, modificar dicho criterio para los gestores de residuos de construcción y demolición y de escorias siderúrgicas, para adaptarlo al que, desde hace años, han venido utilizando las autoridades competentes de distintas comunidades autónomas.

    Real Decreto completo

  • ABIERTA LA CONVOCATORIA PARA LA INTEGRACIÓN DE EMPRESAS EN LA RED ARAGONESA DE EMPRESAS SALUDABLES

    ABIERTA LA CONVOCATORIA PARA LA INTEGRACIÓN DE EMPRESAS EN LA RED ARAGONESA DE EMPRESAS SALUDABLES

    Ya está abierto el plazo para solicitar la integración en la Red Aragonesa de Empresas Saludables (RAES).

    La RAES la constituyen aquellas empresas que han manifestado su interés en implementar en su organización proyectos tendentes a promover y facilitar a los trabajadores la adopción de modos de vida sanos en ambientes favorables a la salud. Asimismo, la Red proporciona una infraestructura para el intercambio de información, la colaboración entre las empresas, la innovación en promoción de salud y contribuye a visibilizar las acciones emprendidas por estas.

     

    Candidatos

     

    Podrán solicitar la integración tanto microempresas, pymes, grandes empresas, entidades públicas o cualesquiera otras empresas que cumplan los objetivos y criterios determinados, que hayan implementado un proyecto o proyectos de promoción de salud en su organización, estando dichos proyectos apoyados tanto por la dirección como por las personas trabajadoras y basados en una amplia participación de todos los integrantes de la empresa.

     

    Características de los proyectos

     

    El proyecto o proyectos presentados a esta convocatoria, deben reunir las siguientes características:

    1. Estar orientados a la promoción de un estilo de vida saludable por parte de los integrantes de la empresa y a la creación de un entorno laboral favorecedor de las opciones saludables. Se valorará especialmente el carácter innovador y promotor de la participación de las personas trabajadoras en los proyectos.

    2. Llevar como mínimo un año de funcionamiento, tener proyección de futuro, ser transferible a otras empresas y contemplar la perspectiva de género.

    3. Desarrollarse por un equipo de trabajo interdisciplinar que impulse el o los proyectos, que contará, entre sus miembros, con una persona con funciones de coordinación.

    4. Contar con una programación temporalizada de actividades y un sistema de evaluación de los resultados

    5. Se valorarán especialmente los proyectos cuya temática se ajuste a las áreas de trabajo priorizadas por el Gobierno de Aragón que figuran en el anexo de la Orden EPE/219/2021, de 15 de marzo.

     

    Plazo

     

    Las solicitudes se presentarán hasta el 2 de abril de 2023.

    Resolución completa