Día: 23 de febrero de 2022

  • PRORROGADO EL PLAZO DE VALIDEZ DE LOS PERMISOS DE CONDUCCIÓN BRITÁNICOS EN ESPAÑA HASTA EL 30 DE ABRIL

    PRORROGADO EL PLAZO DE VALIDEZ DE LOS PERMISOS DE CONDUCCIÓN BRITÁNICOS EN ESPAÑA HASTA EL 30 DE ABRIL

    El Consejo de Ministros ha aprobado el Acuerdo por el que se prorrogan las medidas contenidas en el artículo 15 del Real Decreto-ley 38/2020, de 29 de diciembre, por el que se adoptan medidas de adaptación a la situación de Estado Tercero del Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte tras la finalización del periodo transitorio previsto en el Acuerdo sobre la retirada del Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte de la Unión Europea y de la Comunidad Europea de la Energía Atómica, de 31 de enero de 2020. (MPCM).

    El 31 de enero de 2020, el Reino Unido dejó de ser Estado miembro de la UE y pasó a tener la consideración de tercer país, tras la ratificación del Acuerdo sobre la Retirada del Reino Unido de la Unión Europea y de la Comunidad Europea de la Energía Atómica (Acuerdo de Retirada), que preveía un período transitorio desde su entrada en vigor hasta el 31 de diciembre de 2020.

    Por ello, España aprobó el Real Decreto-ley 38/2020, de 29 de diciembre, por el que se adoptan medidas de adaptación a la situación de Estado tercero del Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte, tras la finalización del período transitorio previsto en el Acuerdo de Retirada.

    El real decreto-ley 38/2020 determina en su artículo 2 que las medidas sujetas a un plazo de vigencia dejarán de estar en vigor por el mero transcurso de dicho plazo, salvo que el Gobierno proceda a prorrogarlo, mediante acuerdo.

    Así, tras diversos acuerdos del Consejo de Ministros se ha venido prorrogando la vigencia de determinadas medidas previstas en el citado real decreto-ley. Entre estas medidas está la recogida en el artículo 15, que fijó un periodo transitorio para que los conductores titulares de permisos británicos pudieran seguir conduciendo en España en las mismas condiciones que antes de la finalización del periodo transitorio. Transcurrido este, sería de aplicación la normativa vigente para los permisos expedidos por las autoridades de terceros países. Tras las sucesivas prórrogas acordadas, la vigencia de esta medida transitoria finalizará el 28 de febrero de este año.

    A partir de esa fecha, los ciudadanos británicos residentes en España no podrán conducir en España con su permiso británico, salvo que efectúen el canje de su permiso británico por uno español. Para poder efectuar el canje, es preciso que las autoridades británicas y españolas acuerden los requisitos y procedimientos necesarios.

    Actualmente, se está negociando un acuerdo bilateral en materia de tráfico que incluye, entre otras materias, la posibilidad de que los ciudadanos españoles y británicos residentes por más de seis meses en Reino Unido o España, respectivamente, puedan canjear su permiso de conducción por uno británico o español, según corresponda, determinándose asimismo las condiciones en que pudieran efectuarse los canjes.

    Por ello, mediante este acuerdo se prorroga el plazo de validez de los permisos británicos en España por un periodo de dos meses adicionales, a partir del 1 de marzo y hasta el 30 de abril de 2022, en tanto continúa la negociación del acuerdo bilateral, permitiendo durante este periodo a los ciudadanos británicos residentes en España continuar utilizando su permiso de conducción británico.

    Esta cuestión no afectará a las personas con permiso de conducción británico que viajan a España por periodos inferiores a seis meses, que podrán seguir conduciendo en nuestro país, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 21 del Reglamento General de Conductores.

  • EL GOBIERNO APRUEBA LA SUBIDA DEL SMI A 1.000 EUROS

    EL GOBIERNO APRUEBA LA SUBIDA DEL SMI A 1.000 EUROS

    El Consejo de Ministros ha aprobado el Real Decreto que por el que se fija el Salario Mínimo Interprofesional (SMI) para 2022 y establece las cuantías que deben regir desde el 1 de enero de 2022, tanto para las personas trabajadoras que son fijas como para las que son eventuales o temporeras, así como para las empleadas y empleados de hogar.

    Durante esta legislatura se ha subido el SMI en los años 2020, 2021 y, finalmente, ahora en 2022.  El incremento cuenta con el acuerdo de las organizaciones sindicales CCOO y UGT, pero no de las organizaciones empresariales CEOE y CEPYME.

     

    Cuantía

     

    De acuerdo con el RD publicado este martes, el aumento del SMI es de 35 euros para dejarlo en 1.000 euros mensuales en 14 pagas o de 1.166,67 euros mensuales para aquellas personas que tengan las pagas extraordinarias prorrateadas.

    El salario mínimo por jornada para cada actividad será de 33,33 euros diarios, lo que supone un incremento del 3,63% euros sobre el SMI preexistente.

    Quedan fuera de estas cantidades todas las retribuciones en especie que perciba el trabajador, sin que pueden reducir la cuantía de ese salario a percibir en dinero.

     

    Efecto retroactivo

     

    El incremento del salario mínimo, pese a aprobarse a finales de febrero, tendrá efectos retroactivos a partir del 1 de enero. Así, a todos los trabajadores que vean aumentados sus sueldos por esta subida del SMI se les tendrá que abonar las cantidades atrasadas.

     

    Trabajadores eventuales y temporeros

     

    Siempre que no excedan de 120 días de actividad al año en una misma empresa, percibirán una cantidad mínima de 47,36 euros por jornada legal de actividad.

     

    Empleados y empleadas de hogar

     

    Dado que esta actividad se articula en remuneraciones por hora, se ha precisado un salario mínimo de 7,82€ por hora ef trabajada.

    Real Decreto completo

  • 10 NOVEDADES FISCALES PARA 2022

    10 NOVEDADES FISCALES PARA 2022

    La aprobación de los Presupuestos Generales del Estado de 2022 ha traído consigo una serie de modificaciones relativas al régimen fiscal que afectan a trabajadores, autónomos y empresarios. Lefebvre, proveedor de contenido jurídico líder en España, ha recopilado todas estas novedades en el Memento Fiscal 2022, que analiza de manera exhaustiva la nueva fiscalidad española, su normativa y jurisprudencia.

    Esta obra de referencia para el ámbito fiscal y tributario no es tan solo un manual de consulta, sino que ofrece a asesores fiscales, directores financieros y demás profesionales relacionados con la fiscalidad soluciones prácticas y de rápido acceso, fundamentadas con ejemplos para su directa aplicación.

     

    Principales novedades fiscales para empresarios y autónomos 2022

     

    Lefebvre analiza 10 claves de la nueva normativa que afectarán a empresarios y autónomos este nuevo año:

     

    1. Nuevos límites de aportaciones para los planes de pensiones

    Con el objetivo de incentivar los planes de pensiones de empleo, el Gobierno ha aumentado las deducciones 500€, por tanto, los beneficios fiscales llegan a los 8.500€. En el caso de los planes de pensiones individuales de los autónomos, se reducen 500€, a partir de ahora solo podrán deducirse hasta 1.500€ de sus aportaciones individuales.

     

    2. Las cuotas de autónomos aumentan y las operaciones inmobiliarias se ven afectadas

    En 2022, los trabajadores por cuenta propia que coticen por la base mínima tendrán que pagar 294€ mensuales, frente a los 286€ que pagaban en 2021. Y los autónomos societarios, aquellos que tengan más de 10 trabajadores a su cargo, pagarán 377,87€, una subida de 6,36€ al mes con respecto al año anterior.

    En lo referente a las operaciones inmobiliarias de los autónomos, algunas ventas de locales u otros inmuebles se podrían ver afectadas por un aumento del ITP y AJD, ya que, en la actualidad, se ha de tomar el valor de referencia aprobado por la Dirección General del Catastro como base para el cálculo del impuesto en el caso de transmisión de inmuebles, salvo que el declarado por el interesado sea mayor.

     

    3. Se impulsa el emprendimiento

    Uno de los objetivos de los PGE es favorecer la creación de nuevas empresas e incentivar el emprendimiento. Por ello, la Ley de Fomento del Ecosistema de las Empresas Emergentes (conocida como ley de ‘startups’) incrementa el límite máximo de la exención de la retribución en especie, de los 12.000€ hasta los 50.000€ en 2022. Además, se aumenta la deducción por inversión en compañías de nueva creación al 50%, frente al 30% en 2021, y el Gobierno pretende favorecer la creación de nuevas empresas bajando la tributación mínima del Impuesto de Sociedades al 10%, frente al 15% que estaba establecido en 2021.

     

    4. Impuesto de Sociedades en grandes empresas

    El tipo mínimo para las compañías que facturen más de 20 millones de euros será del 15%. El objetivo que subyace es que el tipo efectivo de gravamen de las grandes empresas no se aleje mucho de su tipo de gravamen nominal, como ocurre en el caso de las pymes. Dentro de estas deducciones destacan la deducción por I+D e IT y la de producciones cinematográficas, dos incentivos fiscales cuya finalidad es, respectivamente, fomentar la inversión en actividades de I+D, IT y atraer inversiones extranjeras.

     

    5. Lucha contra el fraude fiscal

    La reforma de la Ley General Tributaria tiene como finalidad principal potenciar el pago voluntario, de tal forma que se disminuye el importe de los recargos por declaración extemporánea y se favorece la regularización espontánea por parte del obligado tributario de tres maneras:

    • Se disminuye el importe de las sanciones por acuerdo y pronto pago.
    • Se permite la salida de la lista de deudores.
    • Se exonera del propio ingreso del recargo.

     

    6. Regulación de las SIVAC para aplicar el tipo reducido del 1%

    Las SICAV han sido uno de los vehículos más utilizados para el patrimonio de las grandes fortunas, ya que su tributación puede ser del 1%. Con el cambio de regulación fiscal, para el cómputo de los 100 socios solo se computan aquellos que sean titulares de acciones por importe igual o superior a 2.500 euros, o 12.500 euros en el caso de SICAV con compartimentos.

     

    7. Nueva regulación sobre la plusvalía municipal

    Con la nueva regulación aprobada por el RDL 26/2021, se ofrece un sistema para la determinación de la base imponible, alternativo al sistema objetivo existente hasta ahora, de forma que el contribuyente puede optar por la estimación directa del incremento de valor, sistema más cercano a la realidad del mercado inmobiliario. Además, también se gravan las plusvalías generadas en menos de un año, que hasta ahora no se tenían en cuenta, y se establece un nuevo supuesto de no sujeción para las transmisiones en las que se acredite la inexistencia de incremento de valor.

     

    8. Nueva regulación para los no residentes

    En la modificación introducida en la Ley 11/2021, se elimina la obligación de nombrar representante a las personas residentes o entidades en régimen de atribución de rentas constituidas en otro Estado miembro de la UE o del EEE al que se aplique la normativa sobre asistencia mutua, debiendo actuar ante la Administración tributaria española por medio de las personas que ostenten su representación de acuerdo con las normas de representación legal y voluntaria previstas en la LGT.

     

    9. Declaración de posesión de criptomonedas en el extranjero con el modelo 720

    A pesar de estar prevista, desde julio de 2021, la obligación de declarar la tenencia de criptomonedas en el extranjero por un valor superior a 50.000 euros, la falta de modificación del Reglamento de Gestión e Inspección y el propio modelo 720 impide el cumplimiento de esta obligación para 2021. Habrá que esperar a la modificación del Reglamento de Gestión e Inspección y del propio modelo de declaración.

     

    10. Ventas online en el extranjero

    Para aquellos que vendan productos mediante páginas web, plataformas online o por correo, y hayan vendido más de 10.000€ a clientes finales situados en otros países miembros de la UE, deberán darse de alta en alguno de los regímenes especiales de ventanilla única; esto evitará que deban identificarse en cada país de la UE donde tengan un cliente e ingresar el impuesto directamente a su Administración tributaria.

    Para conocer  y profundizar en estas y otras modificaciones de la normativa fiscal y tributaria más en detalle, Lefebvre, celebrará el próximo 29 de marzo, el «Congreso Fiscal 2022», en el que expertos de la Administración Pública, empresas y despachos de abogados analizarán todos los temas candentes de la aplicación del sistema tributario.