Día: 28 de diciembre de 2021

  • NUEVA HERRAMIENTA DE LA AEAT: ESTADÍSTICA DIARIA A PARTIR DE LAS VENTAS DE EMPRESAS ACOGIDAS AL SII

    NUEVA HERRAMIENTA DE LA AEAT: ESTADÍSTICA DIARIA A PARTIR DE LAS VENTAS DE EMPRESAS ACOGIDAS AL SII

    La Agencia Tributaria pone a partir de hoy a disposición de los usuarios una nueva herramienta estadística que sirve de termómetro adelantado de la actividad económica en España. La ‘Estadística de ventas diarias del Suministro Inmediato de Información (SII)’, que nace como el indicador de alta frecuencia más completo que existe en la actualidad en España, ofrece una evolución y comparativa tanto temporal como sectorial de la actividad económica, en términos de ventas interiores, de los cerca de 61.000 acogidos al SII –grandes empresas y grupos a efectos de IVA, así como otros contribuyentes con régimen de devolución mensual–.

    En conjunto, estos contribuyentes representan el 70% de las ventas interiores no exentas en España, lo que ofrece un relevante grado de cobertura a efectos de analizar la situación macroeconómica más reciente del país.

    Al partir del SII, la periodicidad de las series será diaria, aunque el informe que acompaña a las series, así como la base de datos, se publicará con carácter semanal. La última fecha de referencia de los datos es la de dos semanas antes de su publicación, tiempo necesario para que la información se pueda considerar completa y depurada.

    El ámbito geográfico es el denominado Territorio de Régimen Fiscal Común; es decir, están excluidas las empresas que operan exclusivamente en los territorios gestionados por las haciendas del País Vasco y Navarra, y las empresas que lo hacen en los territorios que quedan fuera del ámbito de aplicación del IVA (Canarias, Ceuta y Melilla).

    La cobertura de la estadística por actividades es muy variada, dado que las empresas del SII son muy representativas de algunos sectores, mientras que en otros su número y peso son reducidos, como sucede en parte del comercio minorista, en la hostelería, la restauración y algunas modalidades de transporte.

    La estadística de ventas diarias del SII se presenta al público a través de un informe resumen con los principales resultados generales y por sectores, y una base de datos. La serie de referencia de la estadística es la media móvil de 28 días corregida de los denominados ‘efectos deterministas’. Esta serie se considera la señal más robusta para hacer el seguimiento, al reducir, de una forma relativamente sencilla, la fuerte irregularidad de las ventas provocada por factores que no tienen que ver con la evolución económica subyacente (por ejemplo, divergencias en las fechas de facturación de las empresas que generan valores anómalos, o la acumulación de facturas en determinados días del mes).

     

    Mayor actividad económica que antes de la pandemia

    A modo de ejemplo, en este primer informe, de 21 de diciembre, se toma en consideración como última fecha de toma de datos la de 14 días antes. Por tanto, el periodo de análisis comprende entre el 11 de noviembre y el 7 de diciembre.

    Para este periodo, la tasa interanual de la media móvil de 28 días (‘MM28’) corregida se sitúa en el +26,7%. Los mayores crecimientos interanuales del indicador se registran en la hostelería (114,5%), suministro de energía (101,1%) y transporte y almacenamiento (56,3%).

    La estadística permite comparar también la evolución más reciente de la actividad con la registrada antes de la pandemia. En el periodo de referencia del informe semanal, las ventas crecen un 22,3% con respecto al mismo periodo de 2019 y la práctica totalidad de los sectores muestran también tasas de crecimiento positivas con respecto a las que se registraban hace dos años.

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  • EL NUEVO IMPUESTO MEDIOAMBIENTAL SOBRE LAS AGUAS RESIDUALES DE ARAGÓN

    EL NUEVO IMPUESTO MEDIOAMBIENTAL SOBRE LAS AGUAS RESIDUALES DE ARAGÓN

    (BOA 23/12/2021 – Entrada en vigor el 1 de enero de 2022)

      

    El Impuesto Medioambiental sobre las Aguas Residuales se configura en esta norma como un tributo propio de la Comunidad Autónoma de Aragón, de naturaleza real, carácter afectado y finalidad extrafiscal medioambiental y cuya recaudación se destinará al desarrollo de programas y planes en materia de saneamiento y depuración de aguas residuales urbanas.

    El hecho imponible del Impuesto es la producción de aguas residuales que se manifiesta a través del consumo de agua, real o estimado, cualquiera que sea su procedencia y uso, o del propio vertido de las mismas. Distingue su regulación – y tarificación – entre usos domésticos y no domésticos.

    Mediante este impuesto – o sus precedentes legales como el ICA – los aragoneses han contribuido, paulatinamente desde el año 2002 a los costes de los servicios del ciclo del agua, especialmente a  los gastos de inversión y de explotación de los sistemas de saneamiento y depuración, a la  vez que se ha incentivado el ahorro de agua, en un contexto europeo en el que la Directiva  Marco del Agua exige unificar actuaciones en materia de prevención y calidad de las aguas bajo los principios de recuperación de los costes de los servicios relacionados con el agua y de que quien contamina paga.

    En los últimos años, especialmente, desde que la ciudad de Zaragoza se ha incorporado definitivamente al sistema impositivo implantado en el resto de Aragón, surgieron distintos debates, tanto políticos como sociales, manifestados a través de distintas iniciativas parlamentarias, así como a través de diferentes actividades de asociaciones ciudadanas que abogaban por su modificación o supresión.

    Esta situación dio lugar a que el Pleno de las Cortes de Aragón, en sesión celebrada los días 8 y 9 de febrero de 2018, aprobase por unanimidad la creación de una “Comisión especial de estudio sobre la aplicación del ICA en el territorio de nuestra Comunidad Autónoma”, entre cuyas conclusiones acordó la necesidad de llevar a cabo una revisión del impuesto, con arreglo a los principios, propuestas y sugerencias expuestas mediante Acuerdo del Pleno de las Cortes, de 7 y 8 de marzo de 2019, por el que se aprueba el dictamen de esta Comisión, publicado en el Boletín Oficial de las Cortes de Aragón número 326, de 13  de marzo de 2019.

    La Comisión concluye la necesidad de mantener un régimen económico-financiero en la  materia que persiga como principios el derecho de todas las personas al acceso a un agua de  calidad, el cuidado de los ecosistemas y masas de agua, la corresponsabilidad medioambiental de toda la ciudadanía y los poderes públicos, la solidaridad de todas las personas usuarias de agua en Aragón, la eficacia y eficiencia en la reducción de la contaminación de  las aguas residuales y el principio de recuperación de costes.

    Asimismo, el dictamen manifiesta la necesidad de iniciar una revisión del tributo manteniendo criterios que ya se encuentran insertos en la configuración del impuesto, como:

    • diferenciar entre usos domésticos y usos industriales
    • que el tributo tenga una cuota fija y otra variable
    • cambios para reducir la cuota fija del impuesto,
    • criterios de progresividad en la cuota variable para los usos domésticos o asimilados
    • nuevas medidas que eliminen los efectos indeseados que la tarificación progresiva puede provocar en hogares donde convivan un importante número de personas
    • creación de una tarifa social para hogares vulnerables,

    Todo ello intentando, en cualquier caso, aproximar la carga tributaria en Aragón a la media de España.

    La Agenda Social, Verde y Digital y la consecución de los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS) impulsados por la Organización de las Naciones Unidas, y en concreto el ODS 6, que persigue garantizar la disponibilidad de agua y su gestión sostenible y el saneamiento  para todas las personas, también son referentes que han inspirado la presente regulación  normativa.

    Por otro lado, se han tenido presentes los objetivos de la Directriz de Política Demográfica y contra la Despoblación, aprobada por Decreto 165/2017, de 31 de octubre, del Gobierno de Aragón, incorporando una novedad que afecta a quienes hacen un uso de agua con vertido a red en entidades de población con menos de veinte habitantes, para los que se establece un coeficiente 0,00, atendiendo a las circunstancias concurrentes en estas entidades de población, que, por producir una afección ambiental muy escasamente significativa, no requieren,  en general, actuaciones específicas de depuración.

    Finalmente, también como novedad, desaparece la regulación de la situación específica del municipio de Zaragoza. En todas las regulaciones anteriores del impuesto se había introducido una regulación específica para Zaragoza, inicialmente mediante la figura de un convenio entre la Comunidad Autónoma y este municipio y, finalmente, en la regulación actual de la Ley 10/2014, de 27 de noviembre, de Aguas y Ríos de Aragón, mediante una bonificación sobre la tarifa del 60%. Con la presente regulación, se sustituye el sistema de bonificaciones por el de coeficientes, manteniéndose la equivalencia del 60% de bonificación con la aplicación del coeficiente 0,4.

    Esta situación es homogénea a la que se reconoce a otros municipios en situación similar, bien porque también gestionan sus depuradoras o porque carecen de depuradora en funcionamiento, por lo que es plenamente viable la desaparición de la regulación específica de Zaragoza y la aplicación, también en este municipio, de las previsiones comunes para el conjunto de la Comunidad Autónoma.

    En anteriores modificaciones del impuesto se había seguido el criterio de mantener su regulación dentro de la ley en la que se regulaba el ejercicio de las competencias hidráulicas de la Comunidad Autónoma, como una parte integrante de la misma. En la actual modificación, sin embargo, concurren circunstancias que aconsejan extraer la regulación del impuesto de la Ley 10/2014, de 27 de noviembre, de Aguas y Ríos de Aragón. La propia envergadura de la reforma justifica esta decisión, puesto que la regulación del  impuesto contenida en la Ley 10/2014, de 27 de noviembre, de Aguas y Ríos de Aragón, comprendía doce artículos, mientras que el nuevo texto alcanza los cuarenta y ocho artículos,  ampliación que es consecuencia, por una parte, de determinados elementos de nueva regulación, como la tarifa social, el régimen de riego o la regulación de los consumos extraordinarios, y, por otra parte, de la incorporación a la regulación legal de varias cuestiones que hasta  ahora eran objeto de regulación reglamentaria, como lo referente a la determinación de la  carga contaminante en los usos no domésticos de agua.

    Adicionalmente, se pretende ajustar la nueva regulación a las previsiones que sobre identificación de las normas tributarias se contienen en el apartado 1 del artículo 9 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, que obliga a las leyes y reglamentos que contengan normas tributarias a mencionar expresamente esta circunstancia en su título. Finalmente, se ha valorado también que quede reforzada tanto la seguridad jurídica para el obligado u obligada tributaria como la divulgación e identificación de la normativa tributaria.

    Ley completa

  • LISTADO DE INICIATIVAS REGLAMENTARIAS QUE PREVÉ APROBAR ARAGÓN EN 2022

    LISTADO DE INICIATIVAS REGLAMENTARIAS QUE PREVÉ APROBAR ARAGÓN EN 2022

    El Consejo de Gobierno de 22 de diciembre aprobó el Plan Anual Normativo de 2022, previsión recogida en el artículo 44 de la Ley del Presidente y del Gobierno de Aragón y que recoge todas las iniciativas legales y reglamentarias de los Departamentos del Gobierno de Aragón que se prevé vayan a ser elevadas para su aprobación definitiva en el año siguiente al que son objeto de aprobación.

    El Plan Normativo de 2022 se eleva a 33 nuevas leyes o modificaciones de las actuales, 12 decretos-ley, 115 decretos y 101 órdenes. Es decir, más de 260 iniciativas normativas que afectan a las pymes y los autónomos en mayor o menor medida, sin contar con las medidas puntuales, anuncios, órdenes de bases de ayudas y las publicaciones de ayudas o subvenciones.

    Se concretan a continuación algunas de las iniciativas legales y reglamentarias que tienen previstas:

     

    Departamento de Presidencia y Relaciones Institucionales: Nueve proyectos de ley

     

    • Proyecto de ley de Modificación de la Ley Orgánica 5/2007, de 20 de abril, de reforma del Estatuto de Autonomía de Aragón
    • Proyecto de Ley de modificación de la Ley 2/1987, de 16 de febrero, Electoral de la Comunidad Autónoma de Aragón
    • Proyecto de Ley de Dinamización del Medio Rural
    • Proyecto de Ley de modificación de la Ley 2/1993, de 19 de febrero, por la que se crea el Instituto Aragonés de la Mujer (IAM)
    • Proyecto de Ley de modificación de la Ley 2/1993, de 22 de marzo, de Prevención y Protección Integral a Mujeres Víctimas de Violencia en Aragón
    • Proyecto de Ley de Mediación de Aragón
    • Proyecto de Ley de modificación de la ley 7/1999, de 9 de abril, de Administración Local de Aragón
    • Proyecto de Ley del Sistema de Protección Civil y Gestión de Emergencias de Aragón
    • Proyecto de Ley de Creación del Colegio Profesional de Ópticos y Optometristas

     

    El Plan se completa con la previsión de 6 decretos-ley; 12 decretos y cuatro órdenes.

     

    Vicepresidencia y Departamento de Industria, Competitividad y Desarrollo Empresarial: Cuatro proyectos de ley

     

    • Proyecto de Ley de Aragoneses y Aragonesas en el Exterior y sus Comunidades
    • Proyecto de ley de modificación del Decreto Legislativo 1/2011, de 22 de marzo, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba, con el título de “Código de Derecho Foral de Aragón”, el Texto Refundido de las Leyes Civiles Aragonesas
    • Proyecto de ley de Áreas de Promoción de Iniciativas Económicas
    • Proyecto de Ley de modificación de la Ley 5/2000, de 28 de noviembre, de Relaciones con las Comunidades Aragonesas en el Exterior.

     

    El Plan se completa con un decreto legislativo, 13 decretos ley y 7 órdenes.

     

    Departamento de Ciencia, Universidad y Sociedad del Conocimiento: Tres proyectos de ley

     

    • Proyecto de Ley de Medidas para la implantación y Desarrollo en Aragón de Tecnología en la Nube (Tecnologías Cloud);
    • Proyecto de Ley Reguladora del Instituto Tecnológico de Aragón;
    • Proyecto de Ley Reguladora del Centro de Investigación y Tecnología Agroalimentaria de Aragón.

     

    En este Departamento forma también parte del Plan siete decretos y tres órdenes.

     

    Departamento de Vertebración del territorio, Movilidad y Vivienda: Cuatro proyectos de Ley

     

    • Proyecto de Ley de Información Geográfica de Aragón
    • Proyecto de Ley de Transporte Metropolitano de Zaragoza
    • Proyecto de Ley de Vivienda de Aragón
    • Proyecto de Ley de Modificación del Texto Refundido de la Ley de Urbanismo de Aragón, aprobada por Real Decreto Legislativo 1/2014, de 8 de julio.

     

    Seis decretos y una orden completan el Plan de este Departamento.

     

    Departamento de Economía, Planificación y Empleo

     

    El Plan lo componen dos decretos-ley, cuatro decretos y 12 órdenes.

     

    Departamento de Hacienda: Proyectos de Ley

     

    • Proyecto de Ley de Uso Estratégico de la Contratación Pública
    • Proyecto de Ley de Modificación del Texto Refundido de la Ley de Patrimonio de Aragón, aprobado por Decreto legislativo 4/2013, de 17 de diciembre.

     

    El Plan lo componen también tres decretos-ley, 12 decretos y 6 órdenes.

     

    Departamento de Educación, Cultura y Deporte: Proyectos de Ley

     

    • Proyecto de Ley de Participación de la Comunidad Educativa en los Centros Docentes de Aragón;
    • Proyecto de Ley de Cultura y Proyecto de Ley por el que se modifica la Ley 16/2018, de 4 de diciembre, de la Actividad Física y el Deporte de Aragón.

     

    El Plan Anual queda completado con 14 decretos y 35 órdenes.

     

    Departamento de Ciudadanía y Derechos Sociales:  Proyectos de Ley

     

    • Proyecto de Ley de Modificación de la Ley 6/2015, de 25 de marzo, de Juventud de Aragón Proyecto de Ley de Ordenación de las Entidades Privadas de Servicios Sociales
    • Proyecto de Ley de Modificación de la Ley 10/2020, de 27 de diciembre, relativa a la Cooperación al Desarrollo
    • Proyecto de Ley sobre el uso de los Perros para las Personas con Discapacidad
    • Proyecto de Ley de Apoyo a las Familias de Aragón.

     

    Doce decretos y 7 órdenes completan el Plan.

     

    Departamento de Agricultura, Ganadería y Medio Ambiente

     

    • Proyecto de Ley de Cambio Climático de Aragón.

     

    Se completa el Plan Anual con 20 decretos y 11 órdenes.

     

    Departamento de Sanidad: Proyectos de Ley

     

    • Proyecto de Ley de Derechos y Garantías de los Usuarios del Sistema de Salud de Aragón
    • Proyecto de Ley de Modificación de la Ley 10/2011, de 24 de marzo, de Derechos y Garantías de la Dignidad de la Persona en el Proceso de Morir y de la Muerte.

     

    Completan el Plan 15 decretos y 11 órdenes.

    En cualquier caso, quedamos a disposición de nuestros socios para comentar o hacer alegaciones conjuntas a aquellos procesos participativos que consideren oportuno.