Día: 30 de noviembre de 2021

  • NUEVAS LIMITACIONES DE LOS VIAJES DESDE TERCEROS PAÍSES A LA UE Y ESPACIO SCHENGEN

    NUEVAS LIMITACIONES DE LOS VIAJES DESDE TERCEROS PAÍSES A LA UE Y ESPACIO SCHENGEN

    Cuarentena de las personas procedentes de determinados países africanos

     

    La aparición de nuevas variantes del SARS-CoV2 ha supuesto un nuevo reto en la lucha contra esta enfermedad, por lo que se han considerado a los países donde se han detectado nuevas variantes de especial preocupación como países de alto riesgo y se han venido adoptando medidas extraordinarias para limitar su propagación.

    Quedan exceptuados de lo previsto en la presente Orden los pasajeros en tránsito que sean residentes, o sean titulares de visados de larga duración de países UE y Estados asociados Schengen, Andorra, Mónaco, El Vaticano o San Marino, que se dirijan a ese país. También quedan exceptuado el personal aeronáutico necesario para llevar a cabo las actividades de transporte aéreo.

    En base a su evolución epidemiológica, se consideran como países de alto riesgo los siguientes:

    • República de Botsuana
    • Reino de Eswatini
    • Reino de Lesotho
    • República de Mozambique
    • República de Namibia
    • República de Sudáfrica
    • República de Zimbabue

    Las personas a las que se refiere el apartado primero deberán guardar cuarentena durante los diez días siguientes a su llegada, o durante toda su estancia en España si ésta fuera inferior a ese plazo.

    Este periodo podrá finalizar con anterioridad, si al séptimo día a la persona se le realiza una prueba diagnóstica de infección activa con resultado negativo. Las pruebas admitidas serán la NAAT u otras pruebas basadas en técnicas moleculares equivalentes, así como los test de antígenos que tengan un rendimiento mínimo ? 90 % de sensibilidad y ? 97 % de especificidad.

    Durante el periodo de cuarentena deberán permanecer en su domicilio o alojamiento, debiendo limitar sus desplazamientos, así como los accesos de terceras personas al domicilio o alojamiento,
    a los imprescindibles para la realización de las siguientes actividades:

    • Adquisición de alimentos, productos farmacéuticos y de primera necesidad
    • Asistencia a centros, servicios y establecimientos sanitarios
    •  Causas de fuerza mayor o situación de necesidad

    Orden completa

     

    Restricciones temporales de viajes no imprescindibles desde terceros países a la Unión Europea y Schengen

     

    Se modifican los criterios para la aplicación de una restricción temporal de viajes no imprescindibles desde terceros países a la Unión Europea y países asociados Schengen por razones de orden público y salud pública.

    Será sometida a denegación de entrada, por motivos de orden público o salud pública, toda persona nacional de un tercer país, salvo que pertenezca a una de las siguientes categorías:

    • Residentes habituales en la Unión Europea, Estados asociados Schengen, Andorra, Mónaco, El Vaticano (Santa Sede) o San Marino que se dirijan a ese país, acreditándolo documentalmente.
    • Titulares de un visado de larga duración expedido por un Estado miembro o Estado asociado Schengen que se dirijan a ese país.
    • Profesionales de la salud, incluidos investigadores sanitarios, y profesionales del cuidado de mayores que se dirijan o regresen de ejercer su actividad laboral.
    • Personal de transporte, marinos y el personal aeronáutico necesario para llevar a cabo las actividades de transporte aéreo.
    • Personal diplomático, consular, de organizaciones internacionales, militares, de protección civil y miembros de organizaciones humanitarias, en el ejercicio de sus funciones.
    • Estudiantes que realicen sus estudios en los Estados miembros o Estados asociados Schengen y que dispongan del correspondiente permiso o visado y seguro médico, siempre que se dirijan al país donde cursan sus estudios, y que la entrada se produzca durante el curso académico o los 15 días previos.
    • Trabajadores altamente cualificados cuya labor sea necesaria y no pueda ser pospuesta o realizada a distancia, incluyendo los participantes en pruebas deportivas de alto nivel que tengan lugar en España. Estas circunstancias se deberán justificar documentalmente.
    • Personas que viajen por motivos familiares imperativos debidamente acreditados.
    • Personas que acrediten documentalmente motivos de fuerza mayor o situación de necesidad, o cuya entrada se permita por motivos humanitarios.
    • Residentes en los países que figuran en el anexo siempre que procedan directamente de ellos, hayan transitado exclusivamente por otros países incluidos en la lista o hayan realizado únicamente tránsitos internacionales en aeropuertos situados en países que no constan en el anexo.
    • Personas provistas de un certificado de vacunación que el Ministerio de Sanidad reconozca con este fin, previa comprobación por las autoridades sanitarias, así como los menores acompañantes a los que el Ministerio de Sanidad extienda los efectos

    El listado de países que no se ven afectados por estas restricciones queda formado por:

    • Argentina
    • Australia
    • Baréin
    • Canadá
    • Chile
    • Colombia
    • Indonesia
    • Jordania
    • Kuwait
    • Nueva Zelanda
    • Perú
    • Qatar
    • Ruanda
    • Arabia Saudí
    • Corea del Sur
    • Emiratos Árabes Unidos
    • Uruguay
    • China
    • RAE de Hong Kong
    • RAE de Macao
    • Taiwán

    Orden completa

  • FEMZ Y ANMOPYC SE UNEN PARA IMPULSAR LA COMPETITIVIDAD DEL SECTOR METAL

    FEMZ Y ANMOPYC SE UNEN PARA IMPULSAR LA COMPETITIVIDAD DEL SECTOR METAL

    La Federación de Empresarios del Metal de Zaragoza, FEMZ, ha firmado esta mañana un convenio de colaboración con ANMOPYC, la Asociación Española de Fabricantes Exportadores de Maquinaria para Construcción, Obras Públicas y Minería, para desarrollar proyectos relacionadas con la I+D+i y la internacionalización con el objetivo de incrementar la competitividad de las empresas del sector.

    La situación que está viviendo la industria aragonesa, consecuencia de la pandemia y la falta de suministros, debe abrir nuevas oportunidades para emprender acciones que mejoren la productividad y la competitividad de las empresas del Metal. Por eso, FEMZ considera imprescindible la colaboración con ANMOPYC, el clúster sectorial de innovación y desarrollo tecnológico.

    Entre otros aspectos, el clúster ofrecerá a los socios de FEMZ sus servicios técnicos relacionados con la innovación, homologaciones, comercio exterior y, en especial, la configuración y desarrollo de proyectos técnicos. Ambas entidades, conscientes de la importancia del sector industrial y de la construcción y de los efectos tractores del mismo, se han comprometido a trabajar conjuntamente con el objetivo de conseguir el mayor número de proyectos relacionados con los Fondos Europeos que se pongan a disposición, tanto del estado español como de la comunidad autónoma.

  • ABIERTAS NUEVAS CONVOCATORIAS DEL PEAC QUE INCLUYEN PROCEDIMIENTOS DEL SECTOR METAL

    ABIERTAS NUEVAS CONVOCATORIAS DEL PEAC QUE INCLUYEN PROCEDIMIENTOS DEL SECTOR METAL

    La Agencia de las Cualificaciones Profesionales de Aragón abre 16 NUEVAS CONVOCATORIAS con carácter permanente, referidas a unidades de competencia incluidas en diversos títulos de formación profesional y certificados de profesionalidad ofertados en la Comunidad Autónoma de Aragón.

    El Procedimiento de Evaluación y Acreditación de CompetenciasPEAC, es un procedimiento que permite ACREDITAR competencias profesionales que han adquirido las personas, a través de su experiencia laboral, facilitando la obtención del título de Formación Profesional o el Certificado de Profesionalidad vinculado a esa cualificación.

     

    Nuevas convocatorias permanentes abiertas publicadas el 29 de noviembre de 2021

     

    CÓDIGO DENOMINACION_CF_CP CENTRO GESTOR
    AGAT115 Técnico Superior en Enseñanza y Animación Sociodeportiva CPIFP PIRÁMIDE
    AGAT303 Técnico Superior en Paisajismo y Medio Rural CPIFP MONTEARAGÓN
    COMT301 Técnico Superior en Comercio Internacional CPIFP LOS ENLACES
    COMT303 Técnico Superior en Transporte y Logística CPIFP LOS ENLACES
    EOCT203 Técnico en Construcción CPIFP CORONA DE ARAGÓN
    EOCT303 Técnico Superior en Organización y Control de Obras de Construcción CPIFP PIRÁMIDE
    HOTT304 Técnico Superior en Dirección de Servicios de Restauración CPIFP SAN LORENZO
    HOTT305 Técnico Superior en Dirección de Cocina CPIFP SAN LORENZO
    IMPT203 Técnico en Peluquería y Cosmética Capilar CPIFP DE SAN BLAS
    INAT201 Técnico en Elaboración de Productos Alimenticios CPIFP DE MOVERA
    INAT207 Técnico en Panadería, Repostería y Confitería CPIFP ESCUELA DE HOSTELERÍA Y TURISMO DE TERUEL
    SANT304 Técnico Superior en Higiene Bucodental CPIFP SAN LORENZO
    SANT305 Técnico Superior en Imagen para el Diagnóstico y Medicina Nuclear CPIFP PIRÁMIDE
    SANT306 Técnico Superior en Laboratorio Clínico y Biomédico CPIFP SAN LORENZO
    SANT309 Técnico Superior en Radioterapia y Dosimetría CPIFP MONTEARAGÓN
    SSCT303 Técnico Superior en Integración Social CPIFP ESCUELA DE HOSTELERÍA Y TURISMO DE TERUEL

     

    Periodo de inscripción

     

    El periodo de inscripción a las convocatorias estará abierto de manera permanente; si bien, estas se irán publicando progresivamente en la página web de la Agencia de Cualificaciones de Aragón, para adaptar así los recursos y la realización del propio proceso.

     

    ¿Cómo realizar la inscripción?

     

    A través de la página web de la Agencia de las Cualificaciones Profesionales encontrarás el apartado convocatorias, convocatorias permanentes , busca en el desplegable la convocatoria que te interesa y completa todos los campos en la aplicación informática.

     

    ¿Tienes alguna duda?

     

    CEPYME Aragón colabora con la Agencia de las Cualificaciones en la labor de difusión e información de estos procedimientos.

    Si tienes alguna duda puedes ponerte en contacto con nosotros a través del correo electrónico peac@cepymearagon.es o llamando al 976 76 60 60.

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