Día: 16 de marzo de 2021

  • ABIERTO EL PLAZO DE INSCRIPCIÓN PARA LA ACREDITACIÓN DE MANTENIMIENTO Y MONTAJE MECÁNICO DE EQUIPO INDUSTRIAL

    ABIERTO EL PLAZO DE INSCRIPCIÓN PARA LA ACREDITACIÓN DE MANTENIMIENTO Y MONTAJE MECÁNICO DE EQUIPO INDUSTRIAL

    Abierto el plazo de inscripción (del 8 al 26 de marzo de 2021) para el Procedimiento de Evaluación y Acreditación de Competencias profesionales (PEAC) adquiridas a través de la experiencia laboral o de vías no formales de formación de Mantenimiento y montaje mecánico de equipo industrial.

    La inscripción se realizará a través de la web de la Agencia y la documentación se debe presentar en los centros gestores, mediante cita previa, Oficina de Registro General del Gobierno de Aragón, en oficinas de correos, mediante Procedimiento administrativo común o por registro electrónico general.

     

    ¿Qué acredita la cualificación de Mantenimiento y montaje mecánico de equipo industrial?

     

    CONVOCATORIA FAMILIA DENOMINACIÓN CUALIFICACIÓN
    IMA 2021-006 IMA Mantenimiento y montaje de equipo industrial IMA041_2 Mantenimiento y montaje mecánico de equipo industrial

     

    La participación en este procedimiento puede impulsar la progresión profesional de personas que han adquirido competencias a través del trabajo sin cursar programas formativos, además nos puede conducir a la obtención de títulos de formación profesional o certificados de profesionalidad y de impulsar el aprendizaje a lo largo de la vida y la adaptación a las necesidades del mercado de trabajo.

    Las funciones o puestos de trabajo relacionados con esta cualificación son los siguientes:

    • Mecánicos de mantenimiento
    • Montadores industriales
    • Mantenedores de línea automatizada

     

    Se acredita la siguiente competencia general:

    Realizar el montaje e instalación en planta de maquinaria y equipo industrial, así como su mantenimiento y reparación, tanto de maquinaria fija como de líneas de producción automatizadas; cumpliendo con los estándares de calidad y la normativa aplicable de prevención de riesgos laborales y protección del medioambiente.

     

    Calendario

     

    CALENDARIO DE ACTUACIONES. FECHAS
    Inscripción en el procedimiento. Del 8 al 26 de marzo de 2021
    Publicación del listado provisional de personas que cumplen requisitos y excluidas 16 de abril de 2021
    Reclamaciones a los listados provisionales. 19, 20 y 21 de abril de 2021
    Publicación del listado definitivo de personas admitidas, no admitidas (en reserva) y excluidas. 29 de abril de 2021
    Confirmación de la inscripción en fase de asesoramiento y pago de tasas. Del 3 al 7 de mayo de 2021,
    Finalización de la fase de asesoramiento y último día inscripción en fase de evaluación y pago de tasas. 25 de junio 2021
    Publicación de las actas provisionales de evaluación 22 de octubre de 2021
    Periodo de reclamaciones a las actas provisionales de evaluación Del 25 al 27 de octubre de 2021, ambos inclusive
    Publicación de las actas definitivas de evaluación (Finalización de la fase de evaluación) 2 de noviembre de 2021

     

    Más información

     

    ¿Tienes dudas? Llámanos: 976 768 768

  • CONFEMETAL ELABORA UN INFORME SOBRE LOS PROBLEMAS DE APROVISIONAMIENTO DE MATERIAS PRIMAS

    CONFEMETAL ELABORA UN INFORME SOBRE LOS PROBLEMAS DE APROVISIONAMIENTO DE MATERIAS PRIMAS

    La Confederación Española de Organizaciones Empresariales del Metal (Confemetal) ha elaborado un informe sectorial que recoge la problemática que se ha detectado en el tema del aprovisionamiento de materias primas con el objetivo de trasladarlo a la Administración, así como la situación general y evolución prevista del sector.

    De la consulta realizada con las organizaciones miembros ha resultado especialmente evidente, sobre otras muchas cuestiones, la preocupación de los sectores por los problemas identificados en el aprovisionamiento y evolución de costes de las materias primas necesarias en los procesos productivos, algo que, ya identificado a finales de 2020, está generando situaciones muy graves en las empresas de cara a este 2021.

    Descargar informe

  • ¿NECESITAS MODERNIZAR TU EMPRESA? ¿CONOCES LA GUÍA PARA LA TRANSFORMACIÓN DIGITAL DE PYMES INDUSTRIALES?

    ¿NECESITAS MODERNIZAR TU EMPRESA? ¿CONOCES LA GUÍA PARA LA TRANSFORMACIÓN DIGITAL DE PYMES INDUSTRIALES?

     (Fuente: Aragón Industria 4.0)

    Transformarse o morir. No es nuevo para las empresas el adaptarse a las cambiantes circunstancias que impone el mercado; pero hoy más que nunca ese cambio se ha acelerado, haciendo que las empresas se encuentren ante el enorme reto de transformarse digitalmente o sucumbir.

    Durante este año 2020, la situación excepcional derivada de la pandemia del COVID-19 ha acelerado el proceso de digitalización, poniendo de relieve las fortalezas, pero también las carencias relativas de nuestras empresas.

    Promovida por la Dirección General de Industria, Pymes, Comercio y Artesanía del Departamento de Economía, Industria y Empleo del Gobierno de Aragón, y elaborada por el Instituto Tecnológico de Aragón con el apoyo del Servicio de Apoyo a la Pequeña y Mediana Empresa, la Guía para la Transformación Digital de PYMES industriales es una herramienta de trabajo para las PYMES industriales que deseen iniciar o avanzar en el camino de la digitalización. En ese sentido se orienta a identificar de una manera sistemática y procedimentada aquellas áreas de trabajo y proyectos concretos en el ámbito de la digitalización y la industria 4.0 más adecuados a la situación de partida y capacidades de la empresa que permitan la progresiva transformación digital de la misma.

    La guía pretende ayudar a identificar claramente esos ámbitos de actuación y a definir proyectos dentro de cada uno de ellos para constituir una hoja de ruta que lleve a la empresa progresivamente hacia nuevas capacidades y modelos de negocio que permitan aprovechar el potencial de los avances conseguidos.

    Tal y como señala esta guía, “la irrupción de una serie de tecnologías ‘habilitadoras’ que permiten la transformación digital de los procesos industriales abre la puerta a una nueva manera de organizar los sistemas productivos, desde la concepción del producto, las necesidades de optimización de los procesos y el uso intensivo de las nuevas tecnologías, consiguiendo un incremento de la eficiencia y la competitividad y ajustándose a las necesidades personalizadas del consumidorEstamos ante una cuarta revolución industrial que obliga a una transformación obligatoria y profunda de la empresa, no optativa y a todos los niveles de la misma por lo que supone incorporar y explotar las nuevas tecnologías digitales de que se trata.”

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  • ANÁLISIS DE LAS MEDIDAS EXTRAORDINARIAS DE APOYO A LA SOLVENCIA EMPRESARIAL DEL GOBIERNO CENTRAL

    ANÁLISIS DE LAS MEDIDAS EXTRAORDINARIAS DE APOYO A LA SOLVENCIA EMPRESARIAL DEL GOBIERNO CENTRAL

    (BOE 13/03/2021)

    En el RD publicado se recogen un conjunto de medidas extraordinarias de apoyo a la solvencia empresarial en respuesta a la pandemia que moviliza 11.000 millones de euros en ayudas directas a las empresas, mediante subvenciones, reducción de costes y refuerzo de su capital.

    Estas ayudas se dirigirán a empresas viables en los sectores más afectados por la pandemia, con el fin de canalizar los recursos al conjunto de la economía y reducir el riesgo de un sobreendeudamiento que pueda lastrar la recuperación económica.

    El objetivo es seguir protegiendo el tejido productivo, mantener el empleo, prevenir un impacto negativo en las finanzas públicas y en el sistema financiero y, en último término, evitar un impacto estructural en la economía. Para ello, la norma establece diversos instrumentos para que empresas y autónomos puedan hacer frente al pago de facturas con proveedores, costes fijos y otras deudas, financieras y no financieras, mejorando así sus balances y garantizando el mantenimiento de sus negocios.

    Las nuevas medidas, junto a las ya acordadas para este año, suponen un esfuerzo fiscal de ayudas directas para proteger el tejido productivo, el empleo y la sanidad que supera el 2% del PIB. Unas medidas entre las que se encuentran los recursos transferidos por el Estado a las comunidades autónomas y que están permitiendo ya que se movilicen 2.000 millones de euros para ayudar a autónomos y empresas en sus territorios.

    Estas ayudas se unen a otras medidas ya vigentes, como las moratorias para el pago de impuestos y cotizaciones a la Seguridad Social y otras moratorias para la devolución de los créditos públicos, créditos hipotecarios y préstamos sin garantía hipotecaria con entidades financieras, o el pago de alquileres en el caso de autónomos o personas vulnerables.

    Asimismo, complementan los diferentes paquetes de medidas puestos en marcha para apoyar a autónomos y empresas el pasado año, con una movilización de ayudas del 20% del PIB que sitúa la respuesta española a las consecuencias sociales y económicas de la COVID-19 entre las más elevadas de los países de la UE.

     

    Cuatro ejes de actuación

     

    El alargamiento de la crisis sanitaria y los efectos en la economía de las medidas adoptadas para frenar su expansión hacen necesario aprobar nuevas ayudas para reforzar la solvencia y evitar un deterioro patrimonial de empresas viables.

    Con este objetivo se crean tres fondos de ayudas a empresas viables cuya situación patrimonial se haya deteriorado como consecuencia de la pandemia por un total de 11.000 millones de euros.

    Adicionalmente se amplía la vigencia de algunas medidas en el ámbito concursal hasta final de 2021.

     

    Condiciones para las ayudas

     

    La recepción de todas estas ayudas estará condicionada a que las empresas receptoras no tengan su domicilio en un paraíso fiscal, no estén en concurso ni hayan cesado la actividad en el momento de la solicitud, se hallen al corriente de pagos de las obligaciones tributarias y de la Seguridad Social y no repartan dividendo ni aumenten los salarios de su equipo directivo durante un periodo de dos años, así como al mantenimiento de su actividad hasta junio de 2022.

     

    Línea de 7.000 millones de euros para ayudas directas a autónomos y empresas

     

    La nueva Línea de ayudas directas a autónomos y empresas, dotada con 7.000 millones de euros, tiene como objetivo que las comunidades autónomas concedan ayudas directas a los autónomos y empresas de los sectores más afectados por la pandemia cuyos ingresos hayan caído más de un 30% con respecto a 2019.

    Estas nuevas ayudas directas no reembolsables se añaden a los fondos, por importe de 24.000 millones de euros, ya transferidos por el Estado a las comunidades autónomas en 2020 y 2021 para que den un respuesta sanitaria, económica y social para paliar los efectos de la pandemia.

    Las comunidades autónomas ya han anunciado su intención de utilizar 2.000 millones de euros de estos recursos para ayudas directas a autónomos y empresas.

    Las nuevas ayudas establecidas tendrán carácter finalista y se emplearán para el pago de deudas contraídas por las empresas desde marzo de 2020, como pagos a proveedores, suministros, salarios, arrendamientos o reducción de la deuda financiera.

    Podrán acceder a estas ayudas todas las empresas y autónomos del sector de la hostelería y la restauración, los sectores con acceso a los ERTE ampliados establecidos en el Real Decreto-ley 2/2021, y otros especialmente afectados por la pandemia, como las actividades de la industria manufacturera relacionadas con el comercio y la hostelería; comercio al por mayor y minorista; sectores auxiliares al transporte; mantenimiento aeronáutico, y actividades relacionas con la cultura y las actividades deportivas. En total, son cerca de un centenar las actividades a las que podrán llegar los recursos.

    Esta línea constará de dos compartimentos:

    • Uno de 5.000 millones, que se destinará al conjunto de comunidades autónomas, salvo Islas Baleares y Canarias. (La asignación de los fondos se realizará siguiendo los mismos criterios que los utilizados para el REACT EU: impacto de la pandemia en la riqueza de la comunidad autónoma, impacto de la crisis en el desempleo e impacto en el desempleo juvenil).
    • El segundo compartimento, de 2.000 millones de euros, se destinará a Islas Baleares y Canarias, por el impacto diferencial sobre su economía del mayor peso de los sectores más afectados por la pandemia.

    Podrán beneficiarse autónomos y empresas viables que hayan tenido una caída de sus ingresos de al menos el 30% en 2020 respecto al año anterior.

    Las ayudas cubrirán hasta un 40% de la caída adicional de ingresos de las microempresas y autónomos (con hasta 10 empleados), y un 20% para el resto de empresas, con una cantidad fija de 3.000 euros para los autónomos que tributen en régimen de estimación objetiva y un rango de entre 4.000 y 200.000 euros para el resto.

     

    Ayudas para la reestructuración de deuda financiera COVID

     

    Este segundo eje de actuación incluye un conjunto de medidas de apoyo y flexibilización de los préstamos que cuenten con aval público, permitiendo así que el ICO se incorpore a los procesos de refinanciación y reestructuración que pacten los bancos y sus clientes, protegiendo también la estabilidad financiera.

    Este eje se ve apoyado mediante la creación de una nueva línea para la reestructuración de deuda financiera con aval del Estado, dotada con 3.000 millones de euros.

    Las Líneas de Avales del ICO puestas en marcha en 2020 han permitido movilizar más de 121.000 millones de euros de financiación para autónomos y empresas. La norma aprobada hoy extiende hasta el 31 de diciembre el plazo para solicitar préstamos con aval del ICO.

    En noviembre se adoptaron ya medidas para facilitar el pago de estas deudas, al extenderse hasta dos años el periodo de carencia del pago del principal y ampliarse a ocho años el plazo de devolución de los préstamos.

    Sobre la base del análisis del cliente que haga la entidad financiera, se podrán acordar medidas para, en primer lugar, extender por un periodo adicional el plazo de vencimiento de los préstamos con aval público; en segundo lugar, convertir los préstamos con aval público en préstamos participativos, medida que reforzará los recursos propios de las empresas beneficiarias al tener estos préstamos un tratamiento equivalente al capital a efectos mercantiles.

    Como medida de último recurso en este ámbito, se permite la concesión de ayudas directas para reducir la financiación con aval público solicitada durante la pandemia.

    Las ayudas podrán destinarse a las empresas que cumplan los criterios de elegibilidad que se establecerán por un posterior Acuerdo de Consejo de Ministros y dentro de un proceso de renegociación acordado por los clientes con las entidades financieras, que asumirán la parte proporcional de la reducción del préstamo.

    Para la articulación de estas medidas se aprobará un Código de Buenas Prácticas, de adhesión voluntaria por parte de las entidades financieras y otros organismos, similar al existente en el ámbito hipotecario, cuyo objetivo es favorecer una actuación coordinada y eficiente de los bancos en apoyo de empresas viables con problemas puntuales de solvencia.

     

    Fondo de recapitalización de empresas medianas

     

    En tercer lugar, y para los casos en que las medidas anteriores no hayan sido suficientes, se crea un Fondo de recapitalización de empresas afectadas por COVID, dirigido a reforzar los balances de empresas que eran viables en diciembre de 2019, pero que se enfrentan a problemas de solvencia por la pandemia.

    Este fondo está dotado con 1.000 millones de euros y será gestionado por COFIDES, empresa con capital público-privado. Las ayudas se realizarán en forma de instrumentos financieros, como préstamos ordinarios, préstamos participativos, capital u otros a empresas que atraviesen dificultades temporales y que no puedan acceder a las ayudas del Fondo de apoyo a la solvencia de empresas estratégicas, gestionado por SEPI, que tiene un importe mínimo de aportación de 25 millones de euros.

     

    Modernización de la normativa concursal para favorecer la continuidad de la actividad empresarial

     

    El Real Decreto-Ley aprobado establece también medidas en el ámbito concursal, extendiéndose hasta el 31 de diciembre las moratorias actuales, con el fin de que las empresas viables en condiciones normales de mercado cuenten con instrumentos legales que les permitan mantener su actividad y el empleo.

    De forma específica, se extienden las moratorias relativas a la exención del deber del deudor de solicitar la declaración de concurso y la no admisión a trámite de las solicitudes de concurso que presenten los acreedores; se amplía el plazo para renegociar, tanto los acuerdos de refinanciación y acuerdos extrajudiciales de pago (ambos son instrumentos previos al concurso), como los propios convenios concursales; y se amplían hasta el 31 de diciembre de 2021 las medidas procesales que agilizan los procesos, como la tramitación preferente y el fomento de la subasta extrajudicial.

    Esta extensión proporcionará un periodo para abordar los procesos de análisis y reestructuración de las empresas sin desencadenar una innecesaria pérdida de valor en tanto se moderniza y agiliza el régimen concursal, favoreciendo la acción temprana y los acuerdos de reestructuración de las deudas con el fin de evitar la destrucción de empleo y de tejido productivo, con ocasión de la transposición de la Directiva de la UE sobre marcos de reestructuración preventiva, exoneración de deudas e inhabilitaciones, y sobre medidas para aumentar la eficiencia de los procedimientos de reestructuración, insolvencia y exoneración de deudas.

     

    Otras medidas

     

    Adicionalmente, con el objetivo de reforzar la solvencia de las empresas se amplían los plazos de ejecución de proyectos financiados por la Secretaría General de Industria y de la PYME y de los préstamos concedidos por Emprendetur a empresas del sector turístico.

    También se aumenta a cuatro meses el periodo para poder retrasar el pago de deudas tributarias sin intereses de demora.

    La norma regula la posibilidad de que las sociedades anónimas que no hayan podido modificar sus estatutos puedan seguir celebrando la junta general o asamblea de socios por medios telemáticos durante el ejercicio 2021, siempre que se garantice la identidad del accionista que ejerce su derecho de voto y se ofrezca la posibilidad de participar en la reunión por distintas vías.

    Finalmente, se establecen los mecanismos necesarios para que la Comisión Nacional del Mercado de Valores pueda regular la publicidad de criptoactivos u otros activos o instrumentos presentados como activos de inversión que en la actualidad se encuentran fuera del perímetro de la regulación financiera.

    Real Decreto completo