Día: 14 de abril de 2020

  • ATENCIÓN: SE INFORMA DE UN SEGUNDO INTENTO DE FRAUDE A EMPRESAS POR CORREO ELECTRÓNICO

    ATENCIÓN: SE INFORMA DE UN SEGUNDO INTENTO DE FRAUDE A EMPRESAS POR CORREO ELECTRÓNICO

    Se ha tenido conocimiento de un nuevo intento de fraude, mediante el envío a empresas de un falso correo electrónico presuntamente remitido por la Inspección de Trabajo y Seguridad Social, en el que figura “Buzón ITSS” y el logotipo del Organismo Estatal Inspección de Trabajo y Seguridad Social.

    En el falso correo se afirma se afirma “haber recibido una queja  contra su empresa en relación a posibles incumplimientos” y adjuntar “las denuncias hechas  en su contra a este mensaje de correo electrónico”.

    Hace pocos días se envió a empresas otro falso correo de la Inspección en términos similares en el que se solicitaba se hiciera “click” en un enlace para ver la “queja presentada”, sobre el cuya falsedad y posible peligro también se informó oportunamente.

    Dichos correos no han sido remitidos por la Inspección de Trabajo y Seguridad Social y su contenido puede ser malicioso.

    Se ruega NO ABRAN EL ARCHIVO NI INTENTEN DESCARGAR LOS DATOS QUE ADJUNTAN, NO INTENTEN ABRIR NINGÚN ENLACE para ver posibles denuncias presentadas ante la Inspección de Trabajo y Seguridad Social.

  • MEDIDAS FISCALES DEL AYUNTAMIENTO DE ZARAGOZA

    MEDIDAS FISCALES DEL AYUNTAMIENTO DE ZARAGOZA

    El Gobierno de Zaragoza ha dado visto bueno a las nuevas medidas fiscales que pretenden adaptar el pago de tasas e impuestos municipales a la realidad económica que atraviesan las empresas, comerciantes, mercados y pequeños negocios de la ciudad como consecuencia de la suspensión de la actividad económica decretada por el Gobierno de España durante el estado de alarma.

    Aunque los principales cambios tienen que ver con la exención del pago de parte de algunas tasas, también se ha ampliado el periodo de pago del impuesto sobre los vehículos de tracción mecánica en 15 días. De este modo, los recibos domiciliados del impuesto de circulación se girarán el 30 de junio en lugar del 15 de junio. El 30 de junio será también la fecha límite para pagar este impuesto si no se encuentra domiciliado.

    Respecto a las tasas municipales de abastecimiento, saneamiento, recogida de basuras y tratamiento de residuos, no se cobrará a los “usos no domésticos” (comercio, hostelería, mercados, hospitales, centros deportivos, pequeños negocios, PYMES e industrias) la parte variable de las mismas correspondiente al periodo de estado de alarma. Cabe recordar que, para facilitar la gestión tributaria, la ciudad de Zaragoza se encuentra actualmente dividida en tres zonas, razón por la que, de momento, la medida afectará a los tres próximos recibos (tanto los trimestrales, el 98% de los casos, como los mensuales de los grandes contribuyentes, un 2% del total).

    En el caso del abastecimiento, ante la imposibilidad de realizar la lectura de contadores, se tomará como referencia el consumo de agua realizado el año 2019, lo que beneficiará a las familias que han permanecido confinadas y cuyo gasto ha aumentado durante las últimas semanas respecto al del año pasado. Posteriormente, todos los consumos de agua potable se regularizarán en futuros recibos cuando resulte posible la lectura de contadores, imputando así el gasto real realizado durante el estado de alarma.

    En lo que se refiere a los “badenes de carga y descarga” y “reservas de espacio no domésticos” (los de comercios, hostelería y empresas sin actividad durante el estado de alarma), la exención del pago se hará también en la parte que corresponda a la duración del estado de alarma.

    Lo mismo sucederá con la tasa de veladores durante los meses en los que no ha habido actividad económica. Tampoco se cobrará a los titulares de licencias de mercados ambulantes la tasa establecida en la normativa municipal ni los cánones de las concesiones en vía pública que no han podido ejercer su actividad.

  • GUÍA VISUAL PARA LA TRAMITACIÓN DE SOLICITUD COLECTIVA DE LA PRESTACIÓN POR DESEMPLEO PARA TRABAJADORES AFECTADOS POR ERTE

    GUÍA VISUAL PARA LA TRAMITACIÓN DE SOLICITUD COLECTIVA DE LA PRESTACIÓN POR DESEMPLEO PARA TRABAJADORES AFECTADOS POR ERTE

    Información enviada por el Director General del SEPE, relativa a la medida extraordinaria de prestación por desempleo para trabajadores afectados por un procedimiento de suspensión de contrato o reducción de jornada a causa del COVID-19:

    Guía visual para la tramitación de la solicitud colectiva

     

    Por otro lado, se informa sobre el reconocimiento de oficio del aumento de la prestación por hijos a cargo.

    Con objeto de acelerar el reconocimiento de las solicitudes colectivas que están presentando las empresas con la relación de trabajadores afectados por expedientes de suspensión de contratos y reducción de jornada por fuerza mayor, o por causa económica, técnica, organizativa y de producción, inicialmente solo se han tenido en cuenta los hijos e hijas a cargo, de los que el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE), tenía información en su sistema.

    Una vez que tengan reconocidas las prestaciones de todas las personas afectadas por ERTE, el SEPE regularizará de oficio el aumento de las cantidades a quienes tengan derecho y no se disponga del dato de hijos e hijas a cargo, sin que las personas afectadas tengan que realizar reclamación alguna.