CÁLCULO DE LA DURACIÓN DE LA PRESTACIÓN CONTRIBUTIVA POR DESEMPLEO
Cuando las cotizaciones acreditadas correspondan a un trabajo a tiempo parcial o a trabajo efectivo en los casos de reducción de jornada, cada día trabajado se computará como un día cotizado, cualquiera que haya sido la duración de la jornada (Artículo 3.4 del Real Decreto 625/1985).