El vigente II Convenio colectivo Estatal de la Industria, la Tecnología y los Servicios del sector del metal (C.E.M.), ha regulado el desarrollo y la gestión de los programas formativos y los contenidos específicos en materia de Prevención de Riesgos Laborales que deben observar tanto las empresas como los trabajadores del sector.
En su aplicación cotidiana a partir del mes de octubre del pasado año surgen cuestiones, que dada su novedad requieren respuestas con criterios precisos e inequívocos.
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