Día: 4 de diciembre de 2017

  • RÉGIMEN ESPECIAL DEL MUNICIPIO DE ZARAGOZA

    LEY 10/2017, de 30 de noviembre, de régimen especial del municipio de Zaragoza como capital de Aragón.

    El municipio de Zaragoza, capital de la Comunidad Autónoma de Aragón, goza del régimen especial establecido en esta ley.

    Personalidad jurídica, capacidad de obrar y potestades.

    De acuerdo con la autonomía garantizada constitucionalmente, y con lo previsto en el Estatuto de Autonomía de Aragón, en la Carta Europea de Autonomía Local y en la legislación de régimen local, el municipio de Zaragoza goza de personalidad jurídica propia, plena capacidad de obrar y potestades suficientes para ordenar y gestionar los asuntos de interés público que afecten a sus ciudadanos.

    El término municipal y su alteración.

    El municipio de Zaragoza ejerce sus competencias en su término municipal, cuya alteración corresponde al Gobierno de Aragón de acuerdo con el procedimiento establecido en la legislación de régimen local, sin perjuicio de las competencias municipales en cuanto a su delimitación y modificación.

    Legitimación procesal.

    El municipio de Zaragoza, además de la plena capacidad para actuar ante la jurisdicción ordinaria, tiene legitimación para plantear conflictos en defensa de la autonomía local contra las disposiciones con rango de ley del Estado y de la Comunidad Autónoma de Aragón que la lesionen, así como para promover su impugnación ante el Tribunal Constitucional, de conformidad con el procedimiento y en los términos establecidos en la legislación vigente. Asimismo, el municipio de Zaragoza ostenta legitimación para defender su autonomía local ante las instituciones europeas e internacionales competentes, de acuerdo con la normativa específica que resulte de aplicación.

    Promoción de actividades de interés común.

    El Ayuntamiento de Zaragoza y el Gobierno de Aragón promoverán actividades de interés común con otras ciudades, en especial las próximas, con las demás administraciones públicas y con instituciones internacionales en el ámbito de sus competencias.

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  • RED.ES – AYUDAS A LA TRANSFORMACIÓN DIGITAL DE LAS PYMES / ASESORÍAS DIGITALES

    Resolución de 6 de noviembre de 2017, de la Entidad Pública Empresarial Red.es, por la que se establecen las bases reguladoras del Programa Asesores Digitales.

    A través de la Entidad Pública Empresarial Red.es se dispone de una nueva línea de ayudas para el impulso de la transformación digital en las PYMES. Las ayudas se refieren específicamente a las asesorías digitales con el fin de elaborar planes añadiendo las TIC a las actividades de las PYMES.

    Requisitos:

    • Las empresas beneficiarias recibirán un máximo de 5.000 euros para que puedan sufragar hasta el 80% de los servicios de asesoramiento, personalizado, en digitalización.
    • La pyme deberá cofinanciar entre el 20% y el 50% de los costes de asesoramiento que no sean subvencionados.
    • El servicio de asesoramiento se especificará en un Plan de Digitalización. Este plan contará con los siguientes aspectos y condiciones:
      1. Análisis inicial de la situación de digitalización de la pyme, así como las herramientas tecnológicas que tengan implantadas, la gestión del negocio, si tienen comercio electrónico o no, etc.
      2. Determinación de las herramientas TIC implantadas en la empresa, teniendo en cuenta su sector y actividad. Se analizarán las soluciones TIC que se hayan instaurado en la pyme, para adecuarlas a su uso y dimensión. El objetivo principal es que las pymes aprovechen al máximo las TIC en su trabajo diario.

    Se llevará a cabo un plan específico donde se incluirán:

    • Las herramientas y soluciones TIC que más convengan a la pyme en concreto, sustituyendo así procesos actuales o buscando una mejora de los mismos. En el plan se concretarán cuáles son esos activos que necesita la empresa para que se adapten a su situación particular.
    • Identificación de la estructura tecnológica que necesite la empresa, para poner en marcha las herramientas y soluciones TIC enumeradas ene l punto anterior.
    • Mejoras necesarias para la implantación y, en su caso, optimización de las TIC instauradas en la pyme. En este punto se incluye una formación para capacitar al personal del uso de estas herramientas.
    • DAFO. Como en toda empresa, se realizará un análisis DAFO (debilidades, amenazas, fortalezas y oportunidades) para poder definir objetivos a perseguir, y poder elaborar una estrategia de marketing que consiga diferenciarse de la competencia.
    • Plan completo de integración en el que se reflejen las acciones a llevar a cabo, los costes, los plazos, etc., así como un apartado de ayudas y subvenciones a los que pueden a cogerse las pymes.