El vigente II Convenio colectivo Estatal de la Industria, la Tecnología y los Servicios del sector del metal (C.E.M.), ha regulado el desarrollo y la gestión de los programas formativos y los contenidos específicos en materia de Prevención de Riesgos Laborales que deben observar tanto las empresas como los trabajadores del sector.
En su aplicación cotidiana a partir del mes de octubre del pasado año surgen cuestiones, que dada su novedad requieren respuestas con criterios precisos e inequívocos.
Con el fin de poner luz a todas las dudas en una materia tan sensible y trascendental como es esta, FEMZ organiza una sesión informativa sobre las Nuevas obligaciones para las empresas en Prevención de Riesgos Laborales.
Día: miércoles 30 de mayo.
Hora: 11h.
Lugar: Salón de Actos de FEMZ
El programa de la misma es el siguiente:
II CONVENIO COLECTIVO DEL SECTOR DEL METAL
Jose Luis Vicente Blázquez. – Director de Relaciones Laborales de CONFEMETAL.
- Naturaleza jurídica.
- Materias reservadas al ámbito estatal, alcance y afectación.
- Cláusulas de exclusión y validación de la formación: art.89.6 y DT2ª.
- Desarrollo futuro del convenio.
FORMACIÓN MÍNIMA EN PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES EN EL SECTOR DEL METAL:
Jose María Tejero. – Gerente de la Fundación del Metal para la formación, la Cualificación y Empleo (FMF).
- Formación en Prevención de Riesgos laborales en el Sector del Metal:
– Contenidos mínimos formativos obligatorios para las empresas.
– Impartición, convalidación y plazos.
– Homologación de actividades formativas. - Formación de reciclaje.