El Real Decreto-ley 25/2026, de 29 de septiembre, responde a la crisis energética y geopolítica derivada del conflicto en Oriente Medio, con impacto directo en los costes energéticos y la estabilidad de las cadenas de suministro.
Dichas medidas se prorrogan con el objetivo de proteger la competitividad empresarial, garantizar la continuidad de la actividad y facilitar la adaptación a un entorno internacional incierto.
Medidas fiscales y de reducción de costes para empresas
- Reducción temporal de impuestos sobre hidrocarburos:
- Bajada de los tipos de gravamen del Impuesto sobre Hidrocarburos para gasóleo y gasolina (20 céntimos/litro en octubre, 13 céntimos/litro en noviembre, 6 céntimos/litro en diciembre de 2026). Si el IPC energético sube más de un 15%, se mantienen las rebajas máximas.
- Reducción del IVA y del Impuesto Especial sobre la Electricidad:
- El IVA baja del 21% al 10% para contratos de electricidad de hasta 10 kW y para consumidores vulnerables. El Impuesto Especial sobre la Electricidad baja al 0,5%.
- Exención de autoliquidación del impuesto sobre la producción de energía eléctrica a partir de 2028 (tipo 0%).
Ejemplo: Una empresa industrial con alto consumo energético verá reducida su factura eléctrica y de carburantes durante el periodo de aplicación de estas medidas.
Apoyo a la internacionalización y financiación empresarial
- Flexibilización del FIEM:
- El Fondo para la Internacionalización de la Empresa (FIEM) podrá aceptar garantías españolas, facilitando el acceso a financiación para proyectos internacionales, especialmente para pymes que inician su expansión exterior.
- Aumento del límite de operaciones del FIEX:
- El Fondo para Inversiones en el Exterior (FIEX) eleva su límite anual de operaciones aprobadas a 500 millones de euros, permitiendo atender más solicitudes de apoyo financiero para la internacionalización.
Es decir, una pyme que quiera abrir una filial en el extranjero podrá acceder a financiación FIEM aportando garantías españolas, lo que antes no era posible.
Ayudas directas a sectores estratégicos
- Transporte por carretera:
- Prórroga de ayudas al gasóleo profesional: 5 céntimos/litro en octubre, 12 céntimos/litro en noviembre, 19 céntimos/litro en diciembre de 2026.
- Ayudas directas para empresas de transporte que no pueden beneficiarse de la devolución parcial del impuesto sobre hidrocarburos.
- Transporte ferroviario y marítimo:
- Ayudas directas a empresas ferroviarias (15.000 euros por locomotora diésel) y prórroga de ayudas a empresas marítimas para compensar el alza de los carburantes.
- Sector pesquero y agrario:
- Prórroga de ayudas para compensar el sobrecoste del gasóleo hasta el 31 de diciembre de 2026.
A título de ejemplo, una empresa de transporte de mercancías por carretera recibirá ayudas directas por litro de gasóleo consumido, y una empresa ferroviaria podrá solicitar 15.000 euros por cada locomotora diésel
Condiciones y obligaciones para empresas beneficiarias
- Prohibición de despidos: Las empresas que reciban ayudas no podrán despedir por causas económicas, técnicas, organizativas o de producción relacionadas con la crisis hasta el 31 de diciembre de 2026.
- Planes de movilidad sostenible: Las empresas beneficiarias de ayudas deben contar con un plan de movilidad sostenible; el incumplimiento implica la devolución de las ayudas.
Otras medidas relevantes
- Refuerzo del control sobre criptoactivos: Las empresas proveedoras de servicios de criptoactivos pasan a ser sujetos obligados en la prevención del blanqueo de capitales.
- Publicidad obligatoria de las rebajas fiscales en estaciones de servicio: Las estaciones de servicio deben informar visiblemente sobre las rebajas fiscales aplicadas.
Medidas principales por áreas
Energía
- Limitación de subidas en la tarifa de último recurso (TUR) de gas natural: El incremento del coste de la materia prima (término Cn) se limita al 35% en octubre de 2026 y al 15% en enero de 2027, para evitar subidas bruscas en la factura de gas de los consumidores vulnerables.
- Obligación extraordinaria de almacenamiento de GNL: Se incrementan los días de almacenamiento obligatorio de gas natural licuado en plantas de regasificación para garantizar el suministro durante el invierno.
- Limitación del precio máximo del butano envasado: El precio máximo del envase de 12,5 kg se fija en 19,55 euros hasta junio de 2027 para proteger a consumidores vulnerables y rurales.
- Fomento de la eficiencia energética: Se habilita el uso del Fondo Nacional de Eficiencia Energética para financiar actuaciones de ahorro energético en edificios públicos, especialmente en Ceuta y Melilla.
- Refuerzo del régimen sancionador en el sector energético: Se aumentan las multas por infracciones y se introduce un régimen sancionador específico para el incumplimiento de obligaciones de mezcla de combustibles sostenibles en aviación.
- Actualización de obligaciones para renovables: Se refuerzan las exigencias técnicas para que las instalaciones renovables contribuyan al control de tensión del sistema eléctrico.
- Mejoras en el sistema de Certificados de Ahorro Energético (CAE): Se amplía el plazo de liquidación y se endurecen las sanciones por fraude o mala praxis.
Fiscalidad y ayudas económicas
- Prórroga de rebajas fiscales sobre hidrocarburos: Se mantienen y ajustan las reducciones de los tipos impositivos sobre gasolinas y gasóleos, con mecanismos de salvaguarda ligados a la evolución del IPC.
- Reducción temporal del IVA y del Impuesto Especial sobre la Electricidad: Se reactivan si el IPC de la electricidad o el gas natural sube más de un 15% interanual.
- Exención de autoliquidación del impuesto sobre la producción de energía eléctrica a partir de 2028, al fijarse el tipo en 0%.
Apoyo a la internacionalización y sectores estratégicos
- Flexibilización del FIEM: Se permite aceptar garantías españolas para facilitar la internacionalización de pymes.
- Aumento del límite de operaciones del FIEX: Se eleva el máximo anual de operaciones aprobadas a 500 millones de euros para apoyar la expansión internacional de empresas españolas.
Agricultura, pesca y transporte
- Prórroga de ayudas al gasóleo agrario y pesquero: Se amplían hasta el 31 de diciembre de 2026 las ayudas para compensar el sobrecoste del combustible en estos sectores.
- Ayudas directas al transporte por carretera, ferroviario y marítimo:
- Se prorrogan y ajustan las ayudas al gasóleo profesional y a otros profesionales del transporte.
- Se establecen ayudas directas a empresas ferroviarias y marítimas afectadas por el encarecimiento de los carburantes
Medidas sociales
- Prohibición de despidos por causas relacionadas con la crisis energética: Las empresas beneficiarias de ayudas no podrán despedir por causas económicas, técnicas, organizativas o de producción derivadas de la crisis hasta el 31 de diciembre de 2026.
- Obligación de planes de movilidad sostenible: Las empresas beneficiarias de ayudas deben contar con un plan de movilidad sostenible o devolver las ayudas.
Otras disposiciones relevantes
- Refuerzo del control sobre criptoactivos: Se modifica la Ley de prevención del blanqueo de capitales para incluir a los proveedores de servicios de criptoactivos como sujetos obligados, en línea con la normativa europea.
- Medidas específicas para Canarias y La Palma: Compensaciones y flexibilización de la subcontratación en ayudas para la reconstrucción tras la erupción volcánica.
- Seguimiento y evaluación: Se encomienda a la CNMC la elaboración de estudios sobre la efectividad de las medidas y la evolución de los precios energéticos y alimentarios.

