SE MODIFICA EL PLAN ARAGONÉS DE VIVIENDA PARA INCLUIR MEDIDAS PARA HACER FRENTE A LA CRISIS POR COVID19

Se adoptan medidas urgentes complementarias en el ámbito social y económico para hacer frente al COVID-19, en el que se recoge la incorporación de un programa nuevo al Plan de Vivienda.

Durante el estado de alarma, declarado por el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, el Gobierno de España ha aprobado el Real Decreto-ley 11/2020, de 31 de marzo, por el que se adoptan medidas urgentes complementarias en el ámbito social y económico para hacer frente al COVID-19, en el que se recoge la incorporación de un programa nuevo al Plan Estatal de Vivienda, así como dos modificaciones sustanciales de otros dos programas ya existentes.

Concretamente se han modificado los programas 3 y 4:

  • Programa 3. Programa de ayuda a las víctimas de violencia de género, personas objeto de desahucio de su vivienda habitual, personas sin hogar y otras personas especialmente vulnerables.
  • Programa 4. Programa de fomento del parque de vivienda en alquiler.

Y se ha añadido el programa nuevo:

  • Programa de ayudas para contribuir a minimizar el impacto económico y social del COVID-19 en los alquileres de vivienda habitual.

Este Real Decreto-ley autorizaba a que el Ministro de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, aprobara una Orden de desarrollo de tales programas, mediante la que se operaría la automática modificación del Real Decreto en el que se contenía el Plan Estatal de Vivienda. Este mandato se ha cumplido por la aprobación de la Orden TMA/336/2020, de 9 de abril, por la que se incorpora, sustituye y modifican sendos programas de ayuda del Plan Estatal de Vivienda 2018-2021, en cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 10, 11 y 12 del Real Decreto-ley 11/2020, de 31 de marzo, por el que se adoptan medidas urgentes complementarias en el ámbito social y económico para hacer frente al COVID-19.

Por lo tanto, resulta necesario que se introduzcan también estas nuevas medidas en el Plan Aragonés de Vivienda 2018-2021, lo que requiere una modificación normativa del mismo rango de Decreto por el que se aprobó inicialmente el Plan.

Para ajustar las modificaciones que se han producido en el Plan Estatal, se ha hecho precisa una amplia remodelación de la redacción de los artículos afectados en el Decreto del Plan aragonés. Todo ello ha provocado que los capítulos dedicados a los programas 3 y 4 hayan tenido que rehacerse casi por completo. En este sentido, y para garantizar la seguridad jurídica, que va ligada también a una buena comprensión de las disposiciones normativas, se han redactado de nuevo dichos capítulos.

Respecto al programa nuevo introducido mediante el Real Decreto-ley citado anteriormente, se introduce una disposición adicional que hace referencia a este programa y que remite a la normativa estatal directamente.

Además de lo expuesto anteriormente, se pretende desarrollar adecuadamente los procesos de convocatoria de las subvenciones, introduciendo un procedimiento simplificado de concurrencia competitiva en materia de subvenciones, previsto en el artículo 14. 3 de la Ley 5/2015, de 25 de marzo, de Subvenciones de Aragón, con la finalidad de agilizar la gestión de las solicitudes y que las citadas convocatorias se resuelvan en el menor tiempo posible, todo ello modificando el Decreto 223/2018, de 18 de diciembre, del Gobierno de Aragón, que contiene la redacción original.

La utilización de una forma prevista en el Decreto-Ley de elaboración y tramitación acelerada de la norma se fundamentan en que las disposiciones que ahora se modifican sirven para desarrollar varias medidas acordadas en la Estrategia Aragonesa para la Recuperación Social y Económica.

Decreto competo

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