¿Qué permisos tienen los trabajadores el día de las elecciones?

Detallamos los permisos laborales de las personas trabajadores del próximo 8 de febrero.

El próximo domingo 8 de febrero tendrán lugar las elecciones a las Cortes de Aragón. Con este motivo, se han publicado las medidas oportunas para garantizar el derecho al voto de las personas trabajadoras que no disfruten ese día de su descanso semanal, así como para quienes formen parte de las mesas electorales cuando no les corresponda jornada de descanso.

¿Qué sucede cuando la jornada laboral coincide con el horario de ir a votar?

Si coincide menos de dos horas

Las personas trabajadoras cuyo horario de trabajo no coincida con el de apertura de las mesas electorales o lo haga por un periodo inferior a dos horas: no tendrán derecho a permiso retribuido.

Si coincide entre dos y cuatro horas

Las personas trabajadoras cuyo horario de trabajo coincida en dos o más horas y menos de cuatro con el horario de apertura de las mesas electorales: disfrutarán de permiso retribuido de dos horas.

Si coincide entre cuatro y seis horas

Las personas trabajadoras cuyo horario de trabajo coincida en cuatro o más horas y menos de seis con el horario de apertura de las mesas electorales: disfrutarán de permiso retribuido de tres horas.

Si coincide más de seis horas

Las personas trabajadoras cuyo horario de trabajo coincida en seis o más horas con el horario de apertura de las mesas electorales: disfrutarán de permiso retribuido de cuatro horas.

Las personas trabajadoras cuya prestación de servicios deba realizarse el día 8 de febrero lejos de su domicilio habitual o en otras condiciones de las que se derive la dificultad para ejercer el derecho de sufragio dicho día, tendrán derecho a que se sustituya el permiso anterior por un permiso de idéntica naturaleza, destinado a formular personalmente la solicitud de la certificación acreditativa de su inscripción en el censo electoral, así como para la remisión del voto por correo.

La duración del permiso, se calculará en función de los mismos criterios
anteriormente señalados de acuerdo con los horarios de apertura de las oficinas de Correos.

En todos los supuestos anteriores, cuando por tratarse de personas trabajadoras contratadas a tiempo parcial realizasen una jornada inferior a la habitual en la actividad, la duración del permiso antes reseñado se reducirá en proporción a la relación entre la jornada de trabajo que desarrollan y la jornada habitual de las personas trabajadoras contratadas a tiempo completo en la misma empresa.

Corresponderá a las empresarias y a los empresarios la distribución, con base en
la organización del trabajo, del periodo en que las trabajadoras y los trabajadores dispongan del permiso para acudir a votar.

¿Qué permisos tienen las personas que tengan la condición de presidentes o vocales de mesas electorales, interventores y apoderados?

Las personas trabajadoras por cuenta ajena que ostenten la presidencia o alguna vocalía de las mesas electorales y las que acrediten su condición de interventoras o de interventores, tendrán derecho a permiso retribuido durante toda la jornada laboral correspondiente al día de la votación, si no disfrutan en tal fecha del descanso semanal, y de cinco horas en la jornada correspondiente al día inmediatamente posterior.

Cuando se trate de apoderadas y de apoderados, el permiso sólo corresponderá a la jornada correspondiente al día de la votación, si no disfrutan en tal fecha del descanso semanal.

Si alguna de las personas trabajadoras comprendidas en este apartado segundo tuviera que trabajar en el turno de noche en la fecha inmediatamente anterior a la jornada electoral, la empresa, a petición de la persona interesada, deberá cambiarle el turno, a efectos de poder descansar la noche anterior al día de la votación.

Facebook
Twitter
LinkedIn
WhatsApp

FEDERACIÓN DE EMPRESAS DEL METAL DE ZARAGOZA

Todas las referencias terminológicas de género que se mencionan a lo largo de las publicaciones, se considerarán alusivas al masculino y femenino indistintamente.

C/ Santander 36, 2ª Planta, 50010 (Zaragoza) - España