El Gobierno de Aragón ha publicado la convocatoria de las ayudas destinadas a reparar los daños causados y las pérdidas producidas en los establecimientos industriales, mercantiles y comerciales producidos en el territorio de Aragón como consecuencia de las lluvias torrenciales acaecidas entre los días 12 de agosto y 28 de septiembre de 2025.
Las ayudas tendrán carácter subsidiario respecto de las indemnizaciones derivadas de los contratos de seguros suscritos por las personas afectadas, así como aquellas que pudieran ser abonadas por el Consorcio de Compensación de Seguros del Ministerio de Economía, Comercio y Empresa.
Beneficiarios
Podrán ser beneficiarias las personas físicas o jurídicas titulares de los establecimientos industriales, comerciales y demás establecimientos
mercantiles que hayan sufrido daños o pérdidas de cualquier naturaleza (establecimientos, aparatos, equipos, productos o instalaciones industriales) como consecuencia directa de las lluvias torrenciales acaecidas entre los días 12 de agosto y 28 de septiembre de 2025 y se encuentren ubicados en los términos municipales de las comarcas de La Litera, Los Monegros, Somontano, Sobrarbe, La Ribagorza, Hoya de Huesca, Cinca Medio, del Bajo Aragón y la Comarca Central.
Actuaciones subvencionables
La reconstrucción de los edificios y de las instalaciones industriales,
comerciales, mercantiles, incluidos posible daños producidos en la parcela en donde se ubican.
La reposición del utillaje, del mobiliario y de otros elementos esenciales, así como las existencias y productos propios derivados de su actividad, bien sean materias primas, materias en transformación, productos semielaborados o terminados y subproductos susceptibles de comercialización o valorización con anterioridad al desbordamiento, que hayan quedado inservibles o no comercializables.
La reparación de los daños o sustitución de la maquinaria y de los vehículos afectos a las actividades de estos establecimientos.
Cuantía
La cuantía podrá alcanzar la totalidad del importe de los daños o pérdidas acreditados.
La cuantía máxima por entidad o persona solicitante alcanzará los siguientes importes:
- En el caso de establecimientos industriales y mercantiles: hasta 150.000€
- En el caso de establecimientos comerciales: hasta 6.000€
Plazo
El plazo de presentación de las solicitudes finalizará el 18 de noviembre de 2025, salvo daños ocultos que puedan advertirse con posterioridad, en cuyo caso el plazo de presentación de solicitudes será de seis meses a contar desde la referida fecha.