PLAN “MOVEA” 2017

Real Decreto 617/2017, de 16 de junio, por el que se regula la concesión directa de ayudas para la adquisición de vehículos de energías alternativas, y para la implantación de puntos de recarga de vehículos eléctricos en 2017 (Plan MOVEA 2017)

El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto que recoge las ayudas a la adquisición de vehículos de energías alternativas y puntos de recarga, el Plan MOVEA 2017, dotado con 14,26 millones de euros. De esta manera se continúa con el impulso que desde hace varios años viene dando el Gobierno a este tipo de vehículos mediante subvenciones directas a su compra.

Los vehículos propulsados con energías alternativas a los combustibles fósiles tradicionales están llamados a formar parte de la movilidad sostenible en el transporte, tanto en las ciudades, como en las carreteras. Ello es debido a sus beneficios en materia de diversificación energética y reducción de la dependencia del petróleo, así como por la reducción de emisiones de CO2 y de otras emisiones contaminantes y de efecto invernadero.

Todo ello ayuda a mejorar la calidad del aire de nuestras ciudades y a disminuir la contaminación acústica. Además, favorece el consumo de energías autóctonas, especialmente de fuentes renovables.

Características de las ayudas

  • El Plan MOVEA 2017 fomenta exclusivamente la adquisición de vehículos de combustibles alternativos:
  • Vehículos eléctricos
  • Vehículos de gas licuado de petróleo
  • Vehículos de gas natural comprimido y licuado
  • Vehículos que se propulsan con pila de combustible de hidrógeno
  • Motos eléctricas
  • Además, se fomenta la implantación de puntos de recarga para vehículos eléctricos en zonas de acceso público.

La cuantía de las ayudas se fija con diferentes baremos dependiendo del tipo de vehículo y del combustible utilizado. La ayuda será a partir de 500 euros (turismos y furgonetas), 5.000 euros para microbuses y camionetas y 18.000 euros para autobuses y camiones. Para las motocicletas la ayuda oscila entre 1.500 y 2.000 euros.

Podrán ser beneficiarios personas físicas, autónomos, empresas privadas, entidades locales, comunidades autónomas y entidades públicas vinculadas o dependientes de la Administración General del Estado. En el caso de puntos de recarga, podrán ser beneficiarios todos los anteriores, salvo personas físicas y autónomos. Los beneficiarios deberán mantener la titularidad del vehículo y la matriculación en España, al menos, dos años.

Los vehículos objeto de subvención deberán pertenecer a una de las siguientes categorías: turismos (M1), autobuses (M2, M3), furgonetas (N2), camiones (N3), cuadriciclos (L6e, L7e) o motocicletas (L3e, L4e, L5e), todos ellos alimentados con las energías citadas anteriormente.

Para el caso de camiones y autobuses, será necesario achatarrar un vehículo antiguo (anterior al 1 de enero de 2010). En el caso de los turismos, el achatarramiento es voluntario y supondría un incremento de la subvención de 750 euros.

El reparto de los 14,26 millones de euros de ayudas será el siguiente: 10,1 millones de euros se destinan a vehículos eléctricos; 2,23 millones de euros, a gas natural; 1,38 millones de euros, a GLP y 0,56 millones de euros, a puntos de recarga para vehículos eléctricos.

Cuantía

  • La cuantía de las ayudas es la siguiente:
  • Vehículos de GLP: entre 500 y 15.000 euros.
  • Vehículos de gas natural: entre 1.000 y 18.000 euros.
  • Vehículos de pila de combustible (hidrógeno): 5.500 euros.
  • Vehículos eléctricos, híbridos enchufables o de autonomía extendida: entre 1.100 y 15.000 euros.
  • Cuadriciclos eléctricos: entre 1.950 y 2.350 euros.
  • Motocicletas eléctricas: entre 1.000 y 2.000 euros.
  • Puntos de recarga: entre 1.000 (convencional) y 15.000 euros (carga rápida)

Precios máximos de venta

Para el caso de turismos y motocicletas, se incluye un precio máximo de venta para evitar subvencionar a través del programa los vehículos “Premium”. Para turismos, el precio máximo sin IVA es de 25.000 euros para turismos de GLP y GNV, y de 32.000 euros para eléctricos. Para las motos eléctricas el máximo es 8.000 euros.

Los puntos de venta que deseen adherirse al MOVEA tendrán que aplicar un descuento adicional mínimo de 1.000 euros para todos los vehículos, excepto cuadriciclos (150 euros) y motos (sin descuento). En el caso de que el vehículo sea eléctrico, el punto de venta deberá comprometerse a facilitar la instalación de un punto de carga. Por otro lado, las ayudas para la implantación de puntos de recarga para vehículos eléctricos en zonas públicas podrán alcanzar un importe de hasta el 40 por 100 del coste, con un máximo de mil euros por punto de recarga convencional, de dos mil euros por punto de recarga semirrápida y de quince mil euros por punto de recarga rápida.

Según las estimaciones del Gobierno, las ayudas incentivarán la adquisición de 1.800 turismos y furgonetas eléctricos, y 230 motos eléctricas. Para el gas natural (GNV), la estimación es de 240 turismos o furgonetas y 100 camiones. En cuanto al GLP, serían unos 1.300 turismos o furgonetas.

El Plan MOVEA 2017 entrará en vigor en el momento de su publicación en el Boletín Oficial del Estado y estará en vigor hasta hasta el 15 de octubre de este año o hasta que se agoten los fondos disponibles.

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