MODIFICACIONES PARA ARAGÓN EN LA FASE 1

En lo que a Aragón se refiere, afecta al aforo de funerales, locales de más de 400m2, locales de actos culturales y medidas para rebajas.

Como hemos comentado al exponer el contenido de la Orden SND/414/2020, de 16 de mayo, para la flexibilización de determinadas restricciones de ámbito nacional establecidas tras la declaración del estado de alarma en aplicación de la FASE 2 del Plan para la transición hacia una nueva normalidad publicada en el BOE del 16/05/20 y con entrada en vigor este lunes día 18,  la Comunidad autónoma de Aragón continua – en principio hasta el próximo día 25 – en la FASE 1 de la desescalada, por lo que le sigue siendo de aplicación la Orden Orden SND/399/2020, de 9 de mayo, de aplicación de la FASE 1.

Pues bien, la citada Orden de 16 de mayo (FASE 2), modifica en su Disposición Final 2ª la Orden de 9 de mayo (FASE 1).

Nos remitimos al texto de la citada Disposición Final 2ª, pero la reforma – en lo que a la CA de Aragón se refiere – afecta a unos cuantos aspectos de carácter menor, pero de trascendencia para ciertas actividades, entre otros:

  • Se eleva a 15 el número máximo personas las que pueden asistir a funerales.
  • Locales comerciales de más de 400 m2:
    • A fin de permitir su apertura, podrán acotar el espacio que se reabra al público ajustándose a este umbral máximo.
    • Si se encontrase en el Centro Comercial, podrá realizar también tal acotamiento de superficie si el establecimiento tiene salida directa al exterior
    • Podrán utilizar marcas, balizas, cartelería o señalización para garantizar el mantenimiento de la distancia interpersonal de seguridad y realizar un mejor control de los accesos y gestión de las personas a los efectos de evitar cualquier aglomeración.
    • También podrán habilitar una zona de espera en el interior de los mismos, adicional a los 400 metros cuadrados autorizados,
  • Locales y establecimientos en los que se desarrollen actos y espectáculos culturales:
    • Un tercio del aforo autorizado.
    • Además, en lugares cerrados, no podrá haber más de treinta personas en total y, si son al aire libre, el aforo máximo autorizado será de doscientas personas
  • Medidas para las acciones comerciales o de promoción (Rebajas):
    Las acciones comerciales o de promoción que lleven a cabo los establecimientos comerciales deberán estar acompañadas de medidas destinadas a asegurar que no se generen aglomeraciones que impidan el mantenimiento de la distancia de seguridad, el cumplimiento de los límites de aforo, o comprometan el resto de medidas establecidas en esta orden, debiendo adoptar las medidas adecuadas para evitarlas, incluyendo el cese inmediato de las mencionadas acciones comerciales o de promoción si resultara necesario.

Orden completa

Share on facebook
Facebook
Share on twitter
Twitter
Share on linkedin
LinkedIn
Share on whatsapp
WhatsApp

FEDERACIÓN DE EMPRESAS DEL METAL DE ZARAGOZA

Todas las referencias terminológicas de género que se mencionan a lo largo de las publicaciones, se considerarán alusivas al masculino y femenino indistintamente.

C/ Santander 36, 2ª Planta, 50010 (Zaragoza) - España

Uso de cookies

Este sitio web utiliza cookies para que usted tenga la mejor experiencia de usuario. Si continúa navegando está dando su consentimiento para la aceptación de las mencionadas cookies y la aceptación de nuestra política de cookies, pinche el enlace para mayor información.plugin cookies

ACEPTAR
Aviso de cookies
× ¿Cómo puedo ayudarte?