MEDIDAS FISCALES DEL AYUNTAMIENTO DE ZARAGOZA

Medidas fiscales que pretenden adaptar el pago de tasas e impuestos municipales de las empresas afectadas por el COVID19.

El Gobierno de Zaragoza ha dado visto bueno a las nuevas medidas fiscales que pretenden adaptar el pago de tasas e impuestos municipales a la realidad económica que atraviesan las empresas, comerciantes, mercados y pequeños negocios de la ciudad como consecuencia de la suspensión de la actividad económica decretada por el Gobierno de España durante el estado de alarma.

Aunque los principales cambios tienen que ver con la exención del pago de parte de algunas tasas, también se ha ampliado el periodo de pago del impuesto sobre los vehículos de tracción mecánica en 15 días. De este modo, los recibos domiciliados del impuesto de circulación se girarán el 30 de junio en lugar del 15 de junio. El 30 de junio será también la fecha límite para pagar este impuesto si no se encuentra domiciliado.

Respecto a las tasas municipales de abastecimiento, saneamiento, recogida de basuras y tratamiento de residuos, no se cobrará a los “usos no domésticos” (comercio, hostelería, mercados, hospitales, centros deportivos, pequeños negocios, PYMES e industrias) la parte variable de las mismas correspondiente al periodo de estado de alarma. Cabe recordar que, para facilitar la gestión tributaria, la ciudad de Zaragoza se encuentra actualmente dividida en tres zonas, razón por la que, de momento, la medida afectará a los tres próximos recibos (tanto los trimestrales, el 98% de los casos, como los mensuales de los grandes contribuyentes, un 2% del total).

En el caso del abastecimiento, ante la imposibilidad de realizar la lectura de contadores, se tomará como referencia el consumo de agua realizado el año 2019, lo que beneficiará a las familias que han permanecido confinadas y cuyo gasto ha aumentado durante las últimas semanas respecto al del año pasado. Posteriormente, todos los consumos de agua potable se regularizarán en futuros recibos cuando resulte posible la lectura de contadores, imputando así el gasto real realizado durante el estado de alarma.

En lo que se refiere a los “badenes de carga y descarga” y “reservas de espacio no domésticos” (los de comercios, hostelería y empresas sin actividad durante el estado de alarma), la exención del pago se hará también en la parte que corresponda a la duración del estado de alarma.

Lo mismo sucederá con la tasa de veladores durante los meses en los que no ha habido actividad económica. Tampoco se cobrará a los titulares de licencias de mercados ambulantes la tasa establecida en la normativa municipal ni los cánones de las concesiones en vía pública que no han podido ejercer su actividad.

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FEDERACIÓN DE EMPRESAS DEL METAL DE ZARAGOZA

Todas las referencias terminológicas de género que se mencionan a lo largo de las publicaciones, se considerarán alusivas al masculino y femenino indistintamente.

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