La variedad de días festivos -en especial el Lunes de Pascua- en el territorio nacional, provoca dudas en los contribuyentes sobre los plazos de cumplimiento de las obligaciones fiscales en este primer trimestre del 2025 (1T).
Existen dos términos a tener en consideración:
- Fecha limite de domiciliación del impuesto (de optarse por esta modalidad de pago).
- Fecha límite de presentación y pago del impuesto (por otros medios distintos a la domiciliación)
La fecha límite de domiciliación es un mínimo tres días hábiles o cinco días naturales antes de finalizar el plazo de presentación. Normal, y respectivamente, los días 15 y 20 del mes del que se trate.
En este caso, el mes de abril y refiriéndonos a las autoliquidaciones del primer trimestre del 2025, hay que tener en cuenta que en algunas zonas de España, el día 21 del mes en curso, el Lunes de Pascua, es festivo. En esos casos, el plazo límite de presentación se traslada al día 22, inmediato hábil siguiente. Pero entonces la duda se trasladaba a si tal hecho afectaba a su vez a la fecha límite de domiciliación.
La AEAT interpreta el texto de artículo 3,2 b) de la Orden EHA/1658/2009 de 12 de junio, que habla de al menos 3 días hábiles o 5 naturales, concluyendo: el plazo de presentación de las autoliquidaciones con domiciliación de pago anteriormente aludidas concluirá en la fecha establecida en el anexo II de la Orden EHA/1658/2009 de 12 de junio (es decir, el 15 de abril de 2025), y ello con independencia de que el Lunes de Pascua sea o no festivo para el contribuyente.