El 14 de junio se abrió el plazo para que las empresas de entre cero y tres trabajadores pudieran solicitar el bono digital de 3.000 euros, una ayuda que se enmarca en el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, la agenda España Digital y el Plan de Digitalización de Pymes 2021-2025.
Novedades
Red.es ha publicado una resolución de modificación parcial de la convocatoria de las ayudas destinadas a la digitalización de pequeñas empresas de entre 0 y menos de 3 empleados (segmento III), que incluye novedades respecto a la convocatoria del mismo segmento que se publicó el 12 de octubre de 2022.
No aplican estas modificaciones a las comunidades de bienes, sociedades civiles profesionales, sociedades civiles con actividad mercantil y explotaciones agrarias de titularidad compartida que pertenezcan al segmento III.
Bonos de 3.000 euros para las microempresas y autónomos/as
El formulario para solicitar esta nueva cuantía esta disponible en la sede electrónica de Red.es.
El plazo para presentar las solicitudes se mantendrá abierto hasta el 31 de octubre de 2025 a las 11 horas.
En la modificación se detallan los importes máximos de ayuda por cada categoría de soluciones de digitalización, los plazos para consumir el bono, el modelo de declaración de conformidad, entre otros detalles de la ayuda.
Además, esta resolución parcial de la convocatoria incrementa el presupuesto en 500 millones de euros que unido al presupuesto inicial suman un total de 1.000 millones de euros que tienen por finalidad la mejora de la competitividad y del nivel de madurez digital de empresas de este segmento.
¿Cómo solicito la ayuda?
Para solicitar la ayuda, las empresas deberán primero registrarse en el área privada de www.acelerapyme.es y completar el test de autodiagnóstico digital, a continuación, consultar la información disponible de las soluciones de digitalización en el catálogo y finalmente, solicitar la ayuda en la sede electrónica de Red.es.
Para aquellas empresas del segmento III que han sido beneficiarias en las ayudas del Programa Kit Digital del Segmento III por un importe de 2.000 euros, y que no se haya extinguido por renuncia o por cualquier otra causa que diera lugar a ello, podrán solicitar los 1.000 euros adicionales mediante una declaración de conformidad a través de su expediente en la Sede Electrónica de Red.es.
Tanto si la entidad es nueva solicitante como si ya es beneficiaria y quiere solicitar los 1.000 euros adicionales, el plazo de consumo del bono será de seis meses a contar desde la concesión.
Las ayudas son de concurrencia no competitiva y se otorgarán de forma directa y por orden de llegada, una vez realizadas las comprobaciones del cumplimiento de los requisitos exigidos en la convocatoria.
Nueva categoría de solución: puesto de trabajo seguro
Las microempresas y autónomos/as podrán adquirir una o varias de las soluciones de digitalización que se prevén en el catálogo. A las ya existentes se ha sumado con esta modificación nueva categoría: “Puesto de trabajo seguro”.
Esta solución incluye un dispositivo hardware que debe tener integrado, en el producto y en el precio, una licencia que cumpla con los requisitos establecidos para la categoría X de Ciberseguridad. Además, debe incluir un encriptado/cifrado en reposo, que asegure la privacidad de los datos y documentos almacenados en el dispositivo.
Con esta categoría se pretende favorecer la automatización de tareas, la gestión eficiente de los datos y la comunicación fluida. El objetivo es mejorar la productividad y la competitividad de este segmento en un entorno seguro.
La cuantía máxima subvencionable para esta solución es de 1.000 euros, siendo subvencionables ordenadores portátiles u ordenadores de sobremesa junto con monitor nuevos, que deberán cumplir unos requisitos que recoge la Orden de Bases.
Con el objetivo de seguir contribuyendo a que las microempresas y autónomos/as continúen su proceso de transformación digital, las nuevas empresas beneficiarias que quieran formalizar Acuerdos de Prestación de Soluciones de Digitalización de la Categoría de “Puesto de trabajo seguro”, deberán haber formalizado y tener validado previamente uno o más Acuerdos de cualquier otra de Solución del catálogo.
Una vez implantada, y completado el periodo de 12 meses de prestación del servicio, el agente digitalizador deberá informar a la entidad beneficiaria del valor residual del equipo.
Este valor será como máximo del 15% del importe del valor del Acuerdo firmado. En caso de que la empresa beneficiara quisiera quedarse con el equipo pasados los 12 meses de servicio, deberá abonar esa cantidad.