La UE acuerda reducir las exigencias ambientales de las empresas

Se actualizarán las normas sobre reportes en materia de sostenibilidad y requisitos de diligencia debida para las empresas.

El Parlamento Europeo y el Consejo de la Unión Europea han alcanzado un acuerdo provisional para actualizar las normas de la UE sobre información en materia de sostenibilidad y requisitos de diligencia debida para las empresas.

La medida busca reducir la carga administrativa para las empresas, una propuesta que forma parte del denominado paquete “Omnibus I”.

Información sobre sostenibilidad más sencilla

Según el acuerdo, la presentación de informes sociales y medioambientales solo será obligatoria para las empresas de la UE que empleen de media a más de 1.000 personas y tengan una facturación anual neta superior a 450 millones de euros, frente al umbral de 50 millones propuesto inicialmente por la Comisión.

El umbral de facturación neta también se ha elevado para las empresas no pertenecientes a la UE a 450 millones de euros generados en el territorio europeo para la presentación de informes de sostenibilidad.

Igualmente se ha acordado una mayor simplificación de los requisitos de información, que deberán ser más cuantitativos, mientras que los informes sectoriales pasarán a ser voluntarios. Se busca que las empresas con menos de 1.000 empleados queden protegidas frente a la transferencia de responsabilidades en materia de información, ya que las normas actualizadas les permiten negarse a facilitar información más allá de lo establecido en los estándares voluntarios.

La Comisión creará un portal digital para las empresas con acceso a plantillas y directrices sobre los requisitos de información de la UE y de los Estados miembros.

Diligencia debida solo para las grandes corporaciones

Según el acuerdo, solo las grandes corporaciones de la UE con más de 5.000 empleados y una facturación anual neta superior a 1.500 millones de euros deberán llevar a cabo diligencia debida para minimizar su impacto negativo en las personas y el planeta. Las normas también se aplicarán a las corporaciones no pertenecientes a la UE que superen ese mismo umbral de facturación en el mercado europeo. Las empresas deberán adoptar un enfoque basado en el riesgo en su cadena de actividades y abstenerse de exigir información innecesaria a empresas que no entren dentro del ámbito de aplicación.

Las empresas incluidas en el ámbito de las normas revisadas de diligencia debida ya no tendrán que preparar un plan de transición para hacer su modelo empresarial compatible con el Acuerdo de París. Seguirán siendo responsables a nivel nacional, y no de la UE, en caso de incumplimiento, y podrían enfrentarse a multas de hasta el 3% de la facturación neta mundial de la empresa. La Comisión y los Estados miembros proporcionarán orientaciones al respecto.

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