LA CONVOCATORIA DEL PERTE DE DESCARBONIZACIÓN INDUSTRIAL ESTARÁ ABIERTA EL 24 DE ENERO

Las Sociedades Mercantiles interesadas tendrán hasta el próximo 17 de abril para presentarse a una convocatoria dotada con 1.000 millones de euros.

El Ministerio de Industria y Turismo publicó el pasado 28 de diciembre de 2023 el extracto de la orden de bases del PERTE de Descarbonización Industrial correspondiente a la convocatoria anticipada del año 2024 de la línea de actuación integral para la descarbonización de la industria manufacturera.

También se publicó en el BOE a fecha de 2 de enero de 2024 la Orden ITU/1434/2023, de 26 de diciembre, por la que se establecen las bases reguladoras de ayudas de actuación integral para la descarbonización de la industria manufacturera como parte del PERTE de Descarbonización Industrial en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.

El plazo de presentación de solicitudes para el PERTE estará abierto entre el 24 de enero de 2024 y el 17 de abril de 2024.

Esta convocatoria, en concurrencia no competitiva, está dotada con 1.000 millones de euros, de los que 500 millones se otorgarán en forma de subvención y otros 500 millones en forma de préstamo, de la que podrán ser beneficiarias las Sociedades Mercantiles, tanto estatales como privadas, que realicen una actividad industrial y que ejecuten proyectos que descarbonicen la instalación industrial.

Podrán presentarse empresas individualmente o en agrupación con otras empresas industriales, empresas proveedoras de conocimiento o empresas de servicios energéticos siempre que contribuyan a la descarbonización de la instalación industrial.

 

Líneas de actuación y líneas de ayuda

 

Un proyecto tractor deberá contener, al menos, un proyecto primario de estas líneas:

  • Reducción de emisiones directas de la instalación (excluyendo el subtipo d) Captura, almacenamiento y uso del carbono).
  • Mejora sustancial de la eficiencia energética para el ahorro de energía eléctrica.

 

Líneas de actuación

 

Reducción de emisiones directas de la instalación, que se podrá dirigir a:

  • Descarbonización de fuentes de energía: electrificación de procesos, incorporación de hidrogeno renovable y sustitución de combustibles fósiles por combustibles renovables, uso de calor renovable como la energía solar térmica.
  • Gestión energética integral de procesos industriales: recuperación de calor de procesos productivos, aprovechamiento energético de flujos secundarios, almacenamiento energético, digitalización para la mejora de la eficiencia energética y la gestión de flujos térmicos.
  • Descarbonización por reducción de recursos naturales: utilización de materias primas secundarias, utilización de subproductos de residuos y valorización de residuos en sustitución de combustibles y materias primas fósiles.
  • Captura, almacenamiento y uso del carbono. Se considerará que estos proyectos no contravienen el principio de DNSH y se podrán financiar mediante esta línea de ayudas si cumplen las condiciones establecidas en el artículo 11 de la orden.

Mejora sustancial de la eficiencia energética por el ahorro de energía eléctrica.

Instalaciones de energías renovables para autoconsumo en los procesos productivos de la instalación principal en la que se realiza la descarbonización.

I+D+i para impulsar la descarbonización de la instalación principal del proyecto tractor.

 

Líneas de ayuda

 

Cada uno de los proyectos primarios que compongan el proyecto tractor se enmarcará dentro de una de las líneas de ayudas siguientes, y dentro, de cada línea, únicamente en una de sus tipologías:

1. Línea de Investigación industrial y desarrollo experimental. Dentro de esta línea se establecen las siguientes tipologías de proyectos:

  • Proyectos de investigación industrial
  • Proyectos de desarrollo experimental
  • Estudios de viabilidad previos a proyectos de investigación industrial o a proyectos de desarrollo experimental

2. Línea de proyectos de innovación en materia de organización y procesos. Dentro de esta línea se establecen las siguientes tipologías de proyectos:

  • Proyectos de innovación en materia de organización
  • Proyectos de innovación en materia de procesos

3. Línea de ayudas a la inversión para la protección del medioambiente y la descarbonización industrial con carácter innovador. Dentro de esta línea se establecen las siguientes tipologías de proyectos:

  • Inversiones destinadas a la descarbonización industrial con carácter innovador, siempre que permitan a la entidad incrementar en nivel de protección del medioambiente y descarbonización, con carácter general.
  • Inversiones destinadas a la captura de carbono de procesos industriales.

4. Línea de ayudas a la inversión en medidas de ahorro energético o eficiencia energética con carácter innovador.

5. Línea de ayudas de inversiones para la promoción de la energía procedente de energías renovables para el autoconsumo de energía directamente utilizada por procesos industriales. Estas inversiones deberán realizarse en la instalación principal o sus aledaños y las instalaciones de generación de energía y la instalación principal deberán estar físicamente conectadas.

6. Estudios ambientales, incluidas las auditorías energéticas, o la viabilidad técnica asociada, directamente vinculados a las inversiones contempladas en las líneas de ayuda de 3,4 y 5.

7. Línea de ayudas a la inversión en favor de las PYMES. La única tipología de proyecto dentro de esta línea consiste en una inversión en activos materiales o inmateriales destinados a un cambio esencial en el proceso general de producción de una PYME existente, complementaria a alguna de las líneas de actuación establecidas en el artículo 11, y que contribuya al conjunto del proyecto tractor para la descarbonización de la instalación principal.

 

Cuantía

 

El procedimiento para el otorgamiento de estas ayudas será de concurrencia no competitiva.

Las ayudas concedidas en el marco de esta convocatoria, podrán tener la forma préstamo reembolsable, subvención o ser una combinación de ambas.

La financiación pública total del proyecto, computada como suma de los recursos públicos concedidos por cualquier Administración y/o ente público, no podrá exceder del 80 por ciento sobre el total del presupuesto que haya sido considerado financiable.

 

Bases PERTE de Descarbonización

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