La web de la AEAT publica, además del cuadro informativo general de los tipos de retención, el servicio de cálculo de retenciones aplicables a partir del 1 de febrero de 2023, distinguiéndose, como indicamos en anteriores notas, entre el período desde el 1 al 31 de enero y a partir del 1 de febrero:
Cuadro informativo tipo de retenciones
Cálculo de retenciones (del 1 al 31 de enero de 2023)
Cálculo de retenciones (a partir del 1 de febrero de 2023)
Además, la propia página de la AEAT pone a disposición de los usuarios – en especial para la incorporación a los programas informáticos de contabilidad y de liquidación de impuestos – el algoritmo de cálculo e información técnica para el cumplimiento de la obligación de retención antes indicada.