Con motivo de diversas reformas y modificaciones habidas en la materia, en especial las referentes al Modelo 347 (operaciones con terceros) así como la reciente Ley de Contratos del Sector Público, la obligación generalizada de presentación del modelo 190 por medios electrónicos, y otra normativa relacionada, se hace necesario la adaptación del modelo 190 (resumen anual de retenciones) que acoja las mismas.
Se pretende solucionar sobre todo la concordancia de tal modelo 190 con el modelo 347, ya que quedarán excluidas del deber de declaración, entre otras, todas aquellas operaciones respecto de las que exista una obligación periódica de suministro de información a la Administración Tributaria y que como consecuencia de ello hayan sido incluidas en declaraciones específicas diferentes a la regulada en esta subsección y cuyo contenido sea coincidente.
Se incluyen igualmente nuevos apartados relacionados con la gestión y administración electrónica del mismo (direcciones de correo electrónico, etc).
El modelo 347 se presentará a finales del mes de enero, y ello a partir del año 2019.