NEGOCIACIÓN COLECTIVA
La negociación colectiva es un instrumento legal, del ámbito de lo laboral, que garantiza que los trabajadores y los empresarios participen de la situación de las relaciones laborales y las adapten a la coyuntura económica de cada ámbito de negociación.
El derecho a la negociación colectiva laboral está garantizado en el artículo 37 de la Constitución Española, en el que se establece como interlocutores legales a “los representantes de los trabajadores y empresarios”.
1. La ley garantizará el derecho a la negociación colectiva laboral entre los representantes de los trabajadores y empresarios, así como la fuerza vinculante de los convenios.
2. Se reconoce el derecho de los trabajadores y empresarios a adoptar medidas de conflicto colectivo. La ley que regule el ejercicio de este derecho, sin perjuicio de las limitaciones que puedan establecer, incluirá las garantías precisas para asegurar el funcionamiento de los servicios esenciales de la comunidad.
Podemos definir la negociación colectiva como una serie de conversaciones entre los representantes de los trabajadores y de los empresarios que busca suscribir acuerdos para fijar las condiciones de trabajo, productividad y la paz laboral.
NEGOCIACIÓN COLECTIVA SECTORIAL
Es la que se aplica a un sector, rama o categoría empresarial y se aplica exclusivamente a dicho ámbito. Es un nivel intermedio en el que se califica y organiza el trabajo de forma más concreta, las estructuras y dinámicas retributivas, el nivel de los salarios, los horarios y tiempos de trabajo, la normativa de trabajo nocturno, número de horas, procedimientos, etc.
En los convenios sectoriales provinciales serán los sindicatos más representativos de ese nivel quienes representen a los trabajadores y, en sus respectivos ámbitos, las organizaciones sindicales afiliadas, federadas o confederadas a los mismos. En la otra parte, se encuentran las asociaciones empresariales como FEMZ, que representan a las empresas del sector, cuya misión es defender los intereses del sector y sus asociaciones y asociados.
FEMZ, es representante empresarial del Sector del Metal, tanto en Industria, Tecnología y Servicios, como en Comercio, en la negociación de los respectivos Convenios Colectivos Provinciales Sectoriales.
Desde un esquema eficiente, autofinanciado, y comprometido con la ética, FEMZ lidera de manera proactiva la defensa y representación de los intereses de las Asociaciones y empresas asociadas, siendo a su vez un instrumento para la prestación de servicios adaptados a cada tipología de empresas y basados en un acompañamiento hacia la excelencia.
NOTICIAS RELACIONADAS
Publicadas las tablas salariales de 2026 del Convenio de Industria, Tecnología y Servicios del Metal
La fecha límite para aplicar la actualización es el 31 de marzo de 2026.
Publicado el SMI para 2026: 1.221€ al mes en 14 pagas
El SMI sube un 3,1% respecto a 2025, lo que suponen 37 euros más al mes.
Se limita el despido en empresas beneficiarias de cierto tipo de ayudas
Analizamos las medidas laborales, tributarias y mercantiles del nuevo Real Decreto del Gobierno.
¿Cómo ha de cotizarse la paga compensatoria del Convenio de Industria?
El convenio establece una paga compensatoria de 400€ que debe abonarse el 31 de enero de 2026.
¿Qué permisos tienen los trabajadores el día de las elecciones?
Detallamos los permisos laborales de las personas trabajadores del próximo 8 de febrero.
Constituida la comisión negociadora del Convenio del Comercio del Metal de Zaragoza
La próxima reunión se ha fijado para el 23 de enero de 2026.