Finaliza el período de IVA reducido en el consumo de electricidad

Desde el 1 de enero de 2025 se recupera la cuota de IVA ordinaria del 21%.

De acuerdo con lo indicado en el Real Decreto-ley 8/2023 del 27 de diciembre de 2023, durante el año 2024 y para los contratos de luz con potencia contratada inferior o igual a 10 kW, se ha venido aplicando el tipo reducido de IVA del 10% cuando el precio del mercado diario (medio aritmético del mes anterior) hubiera superado los 45 euros/MWh y, en cualquier caso, para los consumidores vulnerables severos y vulnerables severos en riesgo de exclusión social.

Este período temporal de aplicación del tipo reducido de IVA ha finalizado el pasado 31 de diciembre, por lo que desde el 1 de enero de 2025 se recupera la cuota de IVA ordinaria del 21% para el consumo de electricidad.

A mayor abundamiento, esta cuota incrementada se aplicará a un precio de la luz que he tenido en los últimos días un incremento cercano al 13%.

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