El Gobierno de Aragón ha fijado las fiestas laborales retribuidas, no recuperables e inhábiles para el año 2026 en nuestra comunidad autónoma, a las que se añadirán hasta dos más, de carácter local, a propuesta de cada ayuntamiento.
El Estatuto de los Trabajadores y la normativa que lo desarrolla determina que las comunidades autónomas, dentro del límite anual de catorce días festivos -de los cuales dos son locales-, pueden señalar aquellas fiestas que por tradición les sean propias.
Las fiestas laborales, de carácter retribuido y no recuperables, para el año 2026, en la Comunidad Autónoma de Aragón, serán las siguientes:
- 1 de enero, jueves, Año Nuevo.
- 6 de enero, martes, Epifanía del Señor.
- 2 de abril, Jueves Santo.
- 3 de abril, Viernes Santo.
- 23 de abril, jueves, San Jorge, Día de Aragón.
- 1 de mayo, viernes, Fiesta del Trabajo.
- 15 de agosto, sábado, Asunción de la Virgen.
- 12 de octubre, lunes, Fiesta Nacional de España.
- 2 de noviembre, lunes, en sustitución del día 1, domingo, Todos los Santos.
- 7 de diciembre, lunes, en sustitución del día 6, domingo, Día de la Constitución Española.
- 8 de diciembre, martes, Inmaculada Concepción.
- 25 de diciembre, viernes, Natividad del Señor.