(BOE 26/03/2021)
De acuerdo con el Real Decreto-ley 5/2021, de 12 de marzo, de medidas extraordinarias de apoyo a la solvencia empresarial en respuesta a la pandemia de la COVID-19, la Línea COVID se configura como una dotación de carácter presupuestario, cuyo objeto es la canalización de ayudas directas a autónomos y empresas, para el apoyo a la solvencia y reducción del endeudamiento del sector privado.
Con este fin, el Real Decreto-ley prevé que se efectuarán las correspondientes transferencias a las Comunidades Autónomas y a las Ciudades de Ceuta y Melilla con cargo a dos créditos extraordinarios que se conceden en las siguientes aplicaciones presupuestarias:
1.- 37.01.941O.450 «Línea COVID de ayudas directas a autónomos y empresas. Transferencias a las Comunidades Autónomas, excluidas Baleares y Canarias, y a las Ciudades de Ceuta y Melilla», por importe de 5.000 millones de euros.
2.- 37.01.941O.451 «Línea COVID de ayudas directas a autónomos y empresas. Transferencias a las Comunidades Autónomas de Baleares y Canarias», por importe de 2.000 millones de euros
Los recursos del primer compartimento, definido en la letra a) del apartado 1 del artículo 2 del Real Decreto-ley, se distribuyen entre las Comunidades Autónomas, a excepción de Baleares y Canarias, y a Ceuta y Melilla, en base a los siguientes indicadores, actualizados a fecha de publicación del Real Decreto-ley, de acuerdo con la ponderación que los mismos tienen en la asignación del REACT EU:
Dos terceras partes de su importe se distribuyen según el peso relativo del indicador de renta de cada Comunidad Autónoma y Ciudad, que mide la caída del PIB en 2020, moderado en función de la prosperidad relativa de cada una de ellas.
A tal efecto, el indicador de renta de cada Comunidad y Ciudad es la cifra resultante de dividir las siguientes variables:
- El peso relativo de cada Comunidad Autónoma y Ciudad en la caída del PIB en 2020, en relación con 2019. El PIB de 2019 de cada Comunidad y Ciudad considerado es el dato de avance del PIB regional publicado por el INE en diciembre de 2020.
- La prosperidad relativa de cada Comunidad Autónoma, medida a través de su renta per cápita respecto de la renta per cápita nacional.
Dos novenas partes de su importe se distribuyen conforme al indicador de desempleo, que considera la media ponderada entre el peso de la Comunidad Autónoma y Ciudad en el total de parados registrados en enero de 2020 y su contribución al incremento del paro registrado nacional en 2020.
Los recursos del segundo compartimento, definido en la letra b), del apartado 1 del artículo 2 del Real Decreto-ley, se repartirán entre las Comunidades de Canarias y Baleares de forma proporcional a su peso relativo en la caída en 2020 de los afiliados en términos netos.
¿Cuánto dinero le corresponde a Aragón?
Efectúa la norma hoy publicas la Distribución definitiva entre las Comunidades Autónomas y Ciudades de Ceuta y Melilla de los recursos previstos en el artículo 2 del Real Decreto-ley 5/2021, de 12 de marzo (ver cuadro obrante en la misma).
A la Comunidad Autónoma de Aragón le corresponde (de esos 5.000.000 € de la primera partida o “compartimento”) la cantidad de 141.348,90€.