CRITERIO TÉCNICO ACTUALIZADO DEL INSST SOBRE EL USO DE MASCARILLAS EN EL ÁMBITO LABORAL

Pretende aclarar conceptos relativos al uso de mascarillas en el ámbito laboral frente al coronavirus SARS-CoV-2.

Con fecha 1 de diciembre, y para los servicios de prevención de riesgos laborales en las empresas, el INSTITUTO NACIONAL DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO publica el Criterio Técnico actualizado sobre el uso de mascarillas en el ámbito laboral.

Se pretende aclarar conceptos relativos al uso de mascarillas en el ámbito laboral frente al coronavirus SARS-CoV-2.

Siguiendo los principios de la prevención, se ha establecido la necesidad de adoptar diferentes medidas de protección colectiva y organizativa con el fin de reducir al máximo el número de contactos entre personas y la concentración del virus en el ambiente de trabajo tales como:

  • Fomentar el trabajo remoto.
  • Mantener la distancia de seguridad interpersonal.
  • Separar las áreas de respiración mediante barreras.
  • Aumentar la ventilación natural y/o forzada.
  • Aumentar la limpieza y desinfección.
  • Establecer productos adicionales para la higienización de manos.
  • Aislar a los sospechosos.
  • Crear burbujas laborales reducidas

 

Ámbito de aplicación

 

Se aplica exclusivamente a las situaciones en las que concurran la totalidad de las siguientes circunstancias:

  • Su utilización se realice en el ámbito laboral.
  • El sujeto que utiliza el equipo sea siempre personal trabajador.

La única protección considerada es aquella frente a la transmisión de o infección por coronavirus.

La decisión de la necesidad de proteger al trabajador mediante un tipo de equipo u otro, viene determinado por el nivel de riesgo de infección a partir de la evaluación de riesgos laborales.

 

Tipos de equipos de uso personal/individual

 

  • Mascarillas de protección respiratoria autofiltrantes.
  • Mascarillas quirúrgicas.
  • Mascarillas higiénicas o cobertores faciales comunitarios (CFC)
  • Pantallas faciales.

 

Una vez realizada la evaluación de riesgos, según lo señalado anteriormente, la empresa estará en disposición de definir cuál es la medida de protección personal que mejor se ajusta a cada caso concreto.

Dentro de los tipos citados, la protección mínima es la proporcionada por la mascarilla higiénica o CFC.

Es importante señalar que la protección ofrecida por mascarillas quirúrgicas e higiénicas, tienen su máxima eficacia cuando todos los trabajadores las llevan, es decir por uso de la colectividad y no sólo del individuo. El tiempo máximo de uso va a depender de las condiciones de trabajo y del trabajador.

Texto completo

Se recuerda igualmente – por su utilidad – el “Espacio COVID-19” del Ministerio de Trabajo, en el que se recopila información de carácter esencialmente técnico para los servicios de prevención de los riesgos laborales: COVID-19 – INSST

 

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