El DECRETO 84/2021, de 30 de junio, del Gobierno de Aragón, estableció las fiestas laborales retribuidas, no recuperables e inhábiles, para el año 2022 en la Comunidad Autónoma, sin perjuicio de que los días inhábiles correspondientes a las entidades locales fueran determinados con posterioridad, una vez publicado el calendario laboral de éstas.
El artículo 46 del Real Decreto 2001/1983, de 28 de julio (“Boletín Oficial del Estado”, número 180, de 29 de julio de 1983) sobre regulación de la jornada de trabajo, jornadas especiales y descansos en relación con el artículo 37.2 del texto refundido del Estatuto de los Trabajadores, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, establece que la autoridad laboral competente, a propuesta del Pleno del ayuntamiento correspondiente, determinará hasta dos fiestas locales de carácter inhábil, retribuido y no recuperable.
La mayor parte de los ayuntamientos de la provincia de Zaragoza, Huesca y Teruel han efectuado sus respectivas propuestas que procede acoger, quedando así completado el calendario de fiestas laborales para el año 2022.
En consecuencia, las Subdirecciones Provinciales de Trabajo de Zaragoza, Huesca y Teruel, ordenan la publicación de las fiestas de ámbito local de dichas provincias.
Fiestas locales en los municipios de Zaragoza
Fiestas locales en los municipios de Huesca
Fiestas locales en los municipios de Teruel
* Pendiente de publicación la modificación del festivo del municipio de Zaragoza por el que se traslada la festividad local de San Valero, el 29 de enero, al lunes 31 de enero de 2022.