El Gobierno central ha prorrogado la jubilación parcial con contrato de relevo en la industria manufacturera a través del Real Decreto-Ley 8/2023, de medidas para afrontar las consecuencias económicas y sociales derivadas de los conflictos en Ucrania y Oriente Próximo, así como para paliar los efectos de la sequía, publicado en el BOE del pasado 28 de diciembre.
Así pues, se seguirá aplicando hasta el 31 de diciembre de 2024 esta regulación para trabajadores con alto esfuerzo físico con al menos seis años de antigüedad en la empresa y siempre que en el momento de jubilación el porcentaje de trabajadores en la empresa con contrato indefinido supere el 70% de la plantilla. Igualmente, la reducción de jornada se mantendrá entre el 25% y el 67%.
Aunque la extensión de esta medida suponga “una buena noticia para el sector”, como ha calificado Benito Tesier, presidente de la FEMZ, no debería tener, sin embargo, fecha de caducidad: “La prórroga de la jubilación parcial con contrato de relevo debería ser indefinida”, ha concluido.
Este tipo de contrato permite que el trabajador que se jubila parcialmente le pueda traspasar sus conocimientos y experiencia al relevista en el periodo de tiempo en el que coincidan en la empresa, convirtiéndose en una herramienta clave para asegurar el relevo generacional en la industria. Así lo ha explicado Tesier: “En un sector, como es el del Metal, en el que la cobertura de vacantes y la inadecuación entre lo que se estudia en las aulas y la realidad laboral son problemas generalizados, la existencia de este tipo de contratos es clave para que los colaboradores senior puedan transmitir su experiencia a los jóvenes y para asegurar el relevo generacional”.