AYUDAS PARA PROYECTOS DE MICROELECTRÓNICA Y TECNOLOGÍAS DE LA COMUNICACIÓN (IPCEI ME/TC)

El plazo de presentación de solicitudes finalizará el 15 de noviembre.

Se convoca la concesión de ayudas a proyectos desarrollados en el marco del “Proyecto Importante de Interés Común Europeo” sobre Microelectrónica y Tecnologías de la Comunicación, en adelante IPCEI ME/TC.

 

Beneficiarios

 

Podrán ser beneficiarias de las ayudas establecidas en esta convocatoria las sociedades mercantiles privadas con personalidad jurídica propia, legalmente constituidas en España y debidamente inscritas en el registro correspondiente, con independencia de su tamaño.

 

Modalidades de participación

 

A los efectos de esta orden, se considera que en el IPCEI ME/CT existen tres modalidades de participación: la de participante directo, la de participante asociado, y la de participante indirecto.

 

Participantes directos

Son los que se han sometido a un procedimiento de selección nacional previo para participar en el IPCEI ME/CT. Contribuyen al mismo con un proyecto propio y están obligados a participar en colaboraciones efectivas con otros participantes directos del mismo IPCEI, y participan directamente en los órganos del gobierno de éste: tienen derecho a voto en la Asamblea General (IPCEI ME/CT GA) y en el Supervisory Board (SB), siendo además elegibles para el Grupo de Facilitación (IPCEI ME/CT FG).

 

Participantes asociados

Tienen una colaboración efectiva con al menos un participante directo, y toman parte de una forma más restringida en los órganos de gobierno: sólo pueden participar como observadores en la Asamblea General (IPCEI ME/CT GA) y en el Supervisory Board (SB), y no son elegibles para el Grupo de Facilitación (IPCEI ME/CTFG).

 

Participantes indirectos

No contribuyen al IPCEI ME/CT con un proyecto propio, sino que lo hacen a través de colaboraciones efectivas con al menos un participante directo. Pueden participar como observadores en el IPCEI ME/CT GA.

 

Actuaciones subvencionables

 

Serán subvencionables las actuaciones que cumplan simultáneamente los siguientes requisitos:

Estar enmarcadas dentro de una de las siguientes categorías según se definen a continuación:

  • Estudios de viabilidad
  • Proyectos de investigación industrial
  • Proyectos de desarrollo experimental

En el caso de los participantes asociados, que los objetivos del proyecto se ajusten al contenido de la documentación aportada por el solicitante en la prenotificación efectuada a la Comisión Europea en diciembre de 2021 (SA 101.150) para las fases de I+D.

En el caso de los participantes indirectos, que el proyecto cumpla simultáneamente las dos condiciones siguientes:

  • Que se encuentre vinculado al proyecto de un participante directo incluido en la Decisión C(2023) 3817 final, de 8 de junio de la Comisión Europea
  • Que se acredite una ejecución parcial previa del mismo de al menos el 15?% del presupuesto subvencionable entre el 21 de diciembre de 2021 y la fecha de publicación en el BOE de la orden.

 

Cuantía

 

Se establece un presupuesto financiable mínimo para cada proyecto de 1.000.000 de euros.

Serán subvencionables los gastos realizados desde el 21 de diciembre de 2021 hasta la finalización de las actuaciones subvencionadas, que no podrá ser posterior al 30 de junio de 2026, o el ámbito temporal que conforme a la normativa europea pueda resultar en el futuro de aplicación.

 

Plazo

 

El plazo de presentación de solicitudes finalizará a las 14:00 horas del día 15 de noviembre de 2024.

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