El Instituto Aragonés de Fomento ha publicado la convocatoria para fomentar entre las empresas la utilización de energías renovables en movilidad y logística con un presupuesto de 3,4 millones de euros.
Beneficiarios
Podrán ser beneficiarias de esta subvención las empresas manufactureras, grandes y pymes, establecidas en la Comunidad Autónoma de Aragón, que fueron beneficiarias de las ayudas para fomentar la utilización de las energías renovables en movilidad y logística, convocadas mediante la Orden EEI/1987/2023, de 28 de diciembre (publicada en el BOA de 10 de enero de 2024) y la Orden EEI/717/2024, de 27 de junio (publicada en el BOA de 5 de julio de 2024), que presentaron proyectos con un periodo de ejecución que excedía el periodo subvencionable.
Actuaciones subvencionables
Se convocan ayudas a proyectos que contengan desarrollo experimental y/o investigación industrial para desarrollar equipos y/o tecnologías que posibiliten transformar sus procesos productivos o generar nuevos productos o servicios para fomentar la utilización de las energías renovables en movilidad y logística.
Se entiende por “desarrollo experimental” la adquisición, combinación, configuración y empleo de conocimientos y técnicas ya existentes, de índole científica, tecnológica, empresarial o de otro tipo, con vistas a la elaboración de productos, procesos o servicios nuevos o mejorados; puede incluir también, por ejemplo, actividades de definición conceptual, planificación y documentación de nuevos productos, procesos o servicios.
El desarrollo experimental podrá comprender la creación de prototipos, la demostración, la elaboración de proyectos piloto, el ensayo y la validación de productos, procesos o servicios nuevos o mejorados, en entornos representativos de condiciones reales de funcionamiento, siempre que el objetivo principal sea aportar nuevas mejoras técnicas a productos, procesos o servicios que no estén sustancialmente asentados; puede incluir el desarrollo de prototipos o proyectos piloto que puedan utilizarse comercialmente cuando sean necesariamente el producto comercial final y su fabricación resulte demasiado onerosa para su uso exclusivo con fines de demostración y validación.
El desarrollo experimental no incluye las modificaciones habituales o periódicas efectuadas en productos, líneas de producción, procesos de fabricación, servicios existentes y otras operaciones en curso, aun cuando esas modificaciones puedan representar mejoras de los mismos.
Se entiende por “investigación industrial” la investigación planificada o los estudios críticos encaminados a adquirir nuevos conocimientos y aptitudes que puedan ser útiles para desarrollar nuevos productos, procesos o servicios, o permitan mejorar considerablemente los ya existentes; comprende la creación de componentes de sistemas complejos y puede incluir la construcción de prototipos en un entorno de laboratorio o en un entorno con interfaces simuladas con los sistemas existentes, así como líneas piloto, cuando sea necesario para la investigación industrial y, en particular, para la validación de tecnología genérica.
Cuantía
Por razones de economía procedimental, no se concederán ayudas que, aun cumpliendo todas las condiciones de elegibilidad, no alcancen en su cálculo un mínimo de 20.000 euros por beneficiario, contemplando el total de todas las categorías de ayuda solicitadas.
Las intensidades máximas de las ayudas, expresadas en porcentaje de los gastos subvencionables serán:
Tipo de proyecto | Pequeña empresa | Mediana empresa | Gran empresa |
Investigación industrial | 70% | 60% | 50% |
Desarrollo experimental | 45% | 35% | 25% |
Plazo
El plazo de presentación de solicitudes finalizará el 4 de junio de 2025.