Ayudas a pymes aragonesas para actuaciones de digitalización

El plazo para la presentación de solicitudes finaliza el 9 de abril de 2026.

El Gobierno de Aragón convoca ayudas para incentivar la digitalización de las Pyme que desarrollen su actividad en las provincias de Zaragoza y Huesca subvencionando las inversiones (software y hardware) para el desarrollo e implantación de soluciones de digitalización, así como los servicios de consultoría externa vinculados a las mismas.

Beneficiarios

Podrán acogerse a las ayudas establecidas en esta convocatoria las Pyme que desarrollen actividades encuadradas en alguno de los siguientes epígrafes de la Clasificación Nacional de Actividades Económicas (CNAE 2025):

  • Sector industrial y agroalimentario – Sección C – Divisiones 10 a 33
  • Sector defensa y seguridad – Sección P – Divisiones 84.22 y 84.24.
  • Sector bienestar y salud – Sección R – Divisiones 86, 87 y 88.

y que además reúnan los siguientes requisitos:

  • Realizar las actividades e inversiones objeto de subvención en las provincias
    de Zaragoza y Huesca.
  • Tener personalidad jurídica propia y estar válidamente constituida en el momento de presentar la solicitud y dada de alta en el epígrafe correspondiente del impuesto sobre actividades económicas y en la Seguridad Social.
  • Tener la consideración de Pyme:
    • La categoría de microempresas, pequeñas y medianas empresas (Pyme) está constituida por las empresas que ocupan a menos de 250 personas y cuyo volumen de negocios anual no excede de 50 millones de euros o cuyo balance general anual no excede de 43 millones de euros.
    • En la categoría de las Pyme, se define pequeña empresa como una empresa que ocupa a menos de 50 personas y cuyo volumen de negocios anual o cuyo balance general anual no supera los 10 millones de euros.
    • En la categoría de las Pyme, se define microempresa como una empresa que ocupa a menos de 10 personas y cuyo volumen de negocios anual o cuyo balance general anual no supera los 2 millones de euros.
  • No haber recibido otra subvención pública para las mismas actuaciones para las que se solicita la ayuda.
  • Cumplir los requisitos exigidos en la legislación ambiental en relación con el
    tratamiento de los residuos que, en su caso, produzca.
  • No haber sido sancionado de forma firme por la autoridad laboral competente.
  • No haber sido objeto de sanción administrativa firme o sentencia firme condenatoria por acciones u omisiones consideradas discriminatorias por la legislación vigente por razón de género.

Actuaciones subvencionables

Son subvencionables las inversiones (software y hardware) para el desarrollo e implantación de soluciones de digitalización, así como los servicios de consultoría externa vinculados a las mismas, en los siguientes ámbitos:

  • Ciberseguridad (antivirus, frewall, IDS, single sign-on, etc).
  • Mejora de servicios, procesos y productos mediante utilización de soluciones desarrolladas con cloud computing, inteligencia artificial, procesos cognitivos y/o big data.
  • Soluciones digitales en el ámbito comercial como e-commerce que incorporen sistemas de pago seguro.
  • Sistemas de conectividad e incorporación de soluciones TIC que permita la monitorización, control y gestión en tiempo real en la empresa y la digitalización de los procesos de negocio: producción, relaciones con
    proveedores o clientes, gestión logística y distribución, recursos humanos, cuadros de mando, business intelligence, analítica de datos y soporte a la toma de decisiones.
  • Automatización de la producción, robótica avanzada y proyectos IoT (internet de las cosas).
  • Realidad virtual, aumentada y mixta.
  • Visión artificial.
  • Fabricación aditiva e impresión 3D.
  • Gemelo digital.
  • Blockchain.
  • Machine learning.
  • Otras tecnologías y soluciones que contribuyan a la transformación digital de las Pyme.

Cuantía

El importe de cada subvención no podrá ser inferior a 10.000 euros ni superar los
50.000 euros.

Las ayudas, que estarán sujetas al régimen de minimis, tendrán un importe máximo que será del 70% del presupuesto subvencionable para las microempresas y del 50% del presupuesto subvencionable para las pequeñas y medianas empresas.

Plazo

El plazo para la presentación de solicitudes finaliza el 9 de abril de 2026.

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Todas las referencias terminológicas de género que se mencionan a lo largo de las publicaciones, se considerarán alusivas al masculino y femenino indistintamente.

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