Mantener al día a las empresas con las auditorías energéticas es imprescindible. Así lo exige el RD 56/2016 del 12 de febrero que insta a las organizaciones a realizarlas periódicamente y mantenerlas debidamente registradas y actualizadas. Este proceso es clave, además, para evitar sanciones administrativas y garantizar la eficiencia y sostenibilidad de las acciones de la empresa.
¿Qué empresas están obligadas a realizar estas auditorías energéticas?
Deberán realizar estas auditorías energéticas:
- Las empresas con un mínimo de 250 empleados.
- Aquellas que tengan un volumen de negocio mayor de 50 millones de euros y que, a su vez, tengan un balance general mayor de 43 millones de euros.
- Los grupos de sociedades que cumplan las condiciones de gran empresa.
¿Cuál es la sanción por no llevarla a cabo?
El régimen sancionador aprobado con el Real Decreto Ley 8/2014, de 4 de julio establece sanciones de hasta 60.000€ por centro no auditado.
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