Aragón publica un Plan Renove de calderas centrales

Los beneficiarios se acogerán a las ayudas a través de las empresas instaladoras que participen en el plan de renovación.

Aragón publica un Plan Renove de calderas centrales que aportará ayudas económicas y otros incentivos provenientes del sector privado.

El objetivo de este convenio es sustituir las calderas centrales que utilizan combustibles distintos al gas natural por espacios con calderas de condensación que utilicen este recurso. Esta renovación supondrá una mejora de la eficiencia y de la seguridad de las instalaciones existentes mediante la reducción del precio final del producto instalado.

Beneficiarios

Podrán ser beneficiarias de las ayudas las personas físicas o jurídicas de naturaleza privada. Estas personas se acogerán al régimen de ayudas a través de las empresas instaladoras que participen en el plan de renovación mediante la correspondiente adhesión.

¿Qué empresas pueden adherirse?

Podrá adherirse al Plan Renove de Calderas Centrales 2025, cualquier instalador que posea la habilitación correspondiente, cualquier empresa fabricante de calderas centrales de condensación y compañías energéticas suministradoras de combustible.

Cada compañía energética definirá el proceso de adhesión para el Plan Renove de calderas centrales 2025.

Los instaladores que se adhieran al Plan Renove, deberán estar habilitados por el organismo competente para ejercer la actividad de empresa instaladora en la especialidad de instalaciones térmicas en los edificios y cumplir con todos los requisitos exigidos por la correspondiente reglamentación de seguridad industrial para el ejercicio de la mencionada actividad.

Acciones subvencionables

Tendrán la consideración de inversiones incentivables las reformas de instalaciones térmicas con generadores de calor que no utilicen gas natural como combustible, y ubicadas en el territorio de la Comunidad de Aragón, en las que se instalen generadores de calor que utilicen gas natural como combustible.

Dichos generadores, en adelante calderas eficientes, deberán ser siempre de condensación, no utilizarse en procedimientos industriales y dar servicio a:

  • Comunidades de propietarios o fincas de propiedad particular de dos o más viviendas
  • Edificios de viviendas pertenecientes a Comunidades de Bienes, con potencia térmica nominal mayor a 70 kW.
  • Con carácter excepcional, podrá admitirse otro tipo de calderas, siempre y cuando no sea posible la instalación de calderas de condensación. De esta forma, tras la pertinente justificación técnica y con el acuerdo favorable de la comisión de seguimiento se considerará el incentivo aplicable.

Además, deben cumplir las condiciones siguientes:

  • Los aparatos que se instalen deben ser nuevos, lo que se acreditará mediante la factura correspondiente.
  • En ningún caso se podrá acoger al Plan la compra sin instalación.
  • Los generadores de calor sustituidos deben ser inutilizados.
  • Podrán acogerse al Plan Renove todas aquellas sustituciones firmadas desde la fecha de firma de este convenio hasta el 31 de diciembre de 2025.

Con carácter general, sólo podrán ser beneficiarios de los incentivos previstos por este plan quienes, siendo los titulares o arrendatarios del inmueble en el que esté ubicada la instalación, sean, además – y en último término – quienes realicen la inversión necesaria para la ejecución de la instalación, con independencia de que la misma sea objeto de cualquier tipo de financiación expresa o tácita.

Descentralización

De manera adicional se habilita una partida económica en el Plan Renove de centrales 2025 que permite la sustitución de caldera central por calderas individuales.

La oferta se encuentra sujeta a disponibilidad de gas en la zona, para contratación de nuevos puntos de suministro en fincas plurifamiliares y con uso centralizado de energía que sustituyan el sistema centralizado de calefacción y/o ACS que utilice otro combustible distinto del gas natural por sistemas individuales que utilicen gas natural. La finca sólo precisa la construcción de la acometida para conectarla a la red de distribución de la compañía energética.

Requisitos para la aplicación:

  • Fincas con sistemas centralizados para calefacción y/o agua caliente sanitaria que utilicen combustibles distintos del gas natural, con un mínimo de 6 viviendas.
  • Fincas situadas sobre la red de distribución actual.
  • La IRC a construir será propiedad de la compañía energética, quien la cederá a los consumidores, que abonarán el canon correspondiente.

Para estos supuestos, la aportación de la compañía energética consiste en:

Los clientes, a través de la empresa instaladora, recibirán una aportación de 600 € para la construcción y adaptación de las instalaciones y equipamiento existente necesario para el cambio a consumo de gas. Esta aportación será de aplicación a aquellos clientes que firmen el documento “solicitud conexión nuevo punto de suministro” antes del 31 de diciembre de 2025 y la instalación receptora a la que hace referencia el documento sea puesta efectivamente en servicio antes de sesenta días desde la construcción de la acometida.

La empresa instaladora incluirá el importe de la aportación (600 euros) junto con el resto de conceptos en la certificación mensual que emita, una vez realizada la puesta en servicio y previa entrega de la siguiente documentación.

La empresa instaladora deberá firmar con la compañía energética la correspondiente adhesión a la misma.

Cuantía

Para el caso de sustitución de calderas centrales, todas las empresas instaladoras que se adhieran al Plan Renove de Calderas Centralizadas 2025 concederán una aportación de 1€/kW por caldera central sustituida.

Dicha aportación se materializará a través de un descuento que la empresa instaladora realizará en la factura de compra e instalación de la caldera.

Las empresas fabricantes que se adhieran al Plan, realizarán los descuentos que cada una de ellas se haya comprometido a aplicar al adherirse al Plan, a las empresas energéticas por la compra de calderas centralizadas de potencia termina superior a 70 kw cuando se instale.

Las empresas REDEXIS, NEDGIA e IBERPROPANO, contribuirán cada una, con el tipo de aportación por la compra de calderas centrales de potencia nominal superior a 70 kW de 200€ por vivienda en concepto de equipos y/o calderas.

Para el caso de las descentraliazaciones, las empresas energéticas contribuirán con una aportación 600€ por vivienda para la construcción y adaptación de las instalaciones y equipamiento.

Plazo

El Convenio estará vigente desde la fecha de su firma hasta el 31 de diciembre de 2025.

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