AMPLIACIÓN DE PLAZOS DE DETERMINADOS TRIBUTOS CEDIDOS A ARAGÓN

Nueva ampliación de los plazos para la presentación y pago del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones, del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados y de los Tributos sobre el Juego.

(BOA 24/7/20)

No es esta la primera norma publicada en Aragón y referente a alteración de plazos tributarios con motivo de la COVID 19

En la hoy publicada se recoge una nueva ampliación de los plazos para la presentación y pago de determinados impuestos durante el ejercicio 2020:

 

Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones, del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados y de los Tributos sobre el Juego

 

Plazos para la presentación y pago de las autoliquidaciones del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones, del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados y de los Tributos sobre el Juego:

  • Aquellas, cuyo vencimiento se produzca a partir del 21 de junio de 2020, se amplían hasta el 1 de octubre de 2020, salvo que, conforme a su normativa propia, la fecha de finalización fuera posterior.
  • Los plazos cuyo vencimiento se hubiera producido entre el 14 de marzo y el 21 de junio de 2020, se amplían hasta el 1 de octubre de 2020, salvo que, conforme a su normativa propia, la fecha de finalización fuera posterior.

 

Tributos sobre el Juego

 

Respecto a los plazos de presentación de pagos fraccionados y autoliquidación de los Tributos sobre el Juego, se establecen las siguientes especialidades para el ejercicio 2020:

  • El plazo de presentación y pago del primer pago fraccionado correspondiente a la tasa fiscal sobre el juego relativa a las máquinas recreativas con premio o de azar, se amplía hasta el 1 de octubre.
  • El plazo de presentación y pago de las autoliquidaciones mensuales de la tasa fiscal sobre el juego relativa al bingo electrónico, correspondientes al periodo comprendido entre los meses de marzo y agosto, ambos incluidos, se amplía hasta el 1 de octubre.
  • El plazo de presentación y pago de las autoliquidaciones de la tasa fiscal sobre el juego relativa a las apuestas deportivas, correspondientes al primer y segundo trimestre, se amplía hasta el 1 de octubre.
  • El plazo de presentación y pago de las autoliquidaciones de la tasa fiscal sobre el juego relativa a casinos, correspondientes al primer y segundo trimestre, se amplía hasta el 1 de octubre.

Orden completa

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